Ayudas a la Financiación de Empresas en la Región de Murcia mediante el apoyo a operaciones financiadas con fondos procedentes del ICO y Ayudas a la Financiación con Microcréditos para Emprendedores.

Código de ayuda:

S50737/05

Norma:

2ª Convocatoria de 27 de septiembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se realiza la segunda convocatoria para el año 2005 de las subvenciones previstas, en los Programas de Ayudas a la Financiación de Empresas en la Región de Murcia mediante el apoyo a operaciones financiadas con fondos procedentes del Instituto de Crédito Oficial y el de Ayudas a la Financiación con Microcréditos para Emprendedores, contenidos en el Acuerdo de 29 de diciembre de 2004, del Consejo de Dirección del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Industria y Medio Ambiente (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento en cualquiera de las modalidades de ayuda, en forma individual o combinada, no podrá exceder de 180.000 euros.
No podrán ser objeto de ayuda, en ningún caso, aquellos proyectos cuyos costes subvencionables sean iguales o superiores a 25 millones de euros.

Consultar Acciones subvencionables para ver cuantías específicas de cada Programa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

- Programa de Ayudas a la Financiación de empresas en la Región de Murcia mediante el apoyo a operaciones financiadas con Fondos procedentes del Instituto de Crédito Oficial:
Las empresas, PYMES o no, radicadas en la Región de Murcia pertenecientes a cualquier sector de actividad, salvo los de producción de los productos agrícolas del anexo I del Tratado, la pesca, la industria del carbón, el transporte (en cuanto a la adquisición de vehículos o flota), la siderurgia, la construcción naval, fibras sintéticas, industria del automóvil, servicios financieros y las actividades relacionadas con el azúcar, productos lácteos y que imiten o sustituyan a la leche, servicios personales, profesionales y sanitarios (incluido geriátricos).

- Programa de Ayudas a la Financiación con Microcréditos para Emprendedores:
Las personas físicas o jurídicas, que no excedan la condición de PYME, radicadas en la Región de Murcia pertenecientes a cualquier sector de actividad, salvo los de producción, transformación y comercialización de los productos agrícolas del anexo I del Tratado, la pesca, el transporte y las actividades relacionadas con la exportación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa de Ayudas a la Financiación de empresas en la Región de Murcia mediante el apoyo a operaciones financiadas con Fondos procedentes del Instituto de Crédito Oficial:
- Subvención de 0,75 puntos de interés, o 1 punto en operaciones avaladas por Undemur, S. G. R., de los préstamos que los beneficiarios obtengan de las Entidades Financieras que tengan suscrito Convenio específico de colaboración con el Instituto de Crédito Oficial.
- Con carácter general se considerarán partidas susceptibles de subvención los activos nuevos dentro de los conceptos de terrenos, edificios, y bienes de equipo, aunque el valor de los gastos correspondientes a inmuebles no podrá superar el 80% del coste del proyecto.
A modo enunciativo se consideran bienes de equipo los siguientes: maquinaria de proceso, servicios de electricidad, generadores térmicos, suministro de agua potable, equipos de medida y control, instalaciones de seguridad, depuración de aguas residuales, medios de protección del medio ambiente, departamentos de control de calidad y otros bienes de equipo ligados al proyecto.
También se consideran susceptibles de subvención los trabajos de planificación, ingeniería de proyectos y de dirección facultativa de los trabajos.

Programa de Ayudas a la Financiación con Microcréditos para Emprendedores:
- Subvención de 2 puntos de interés de los préstamos que los beneficiarios obtengan de las Entidades Financieras que tengan suscrito Convenio específico de colaboración con el Instituto de Crédito Oficial.
La ayuda no podrá exceder la cantidad de 100.000 € por empresa en un periodo de tres años, incluida en dicha cantidad otras ayudas de mínimis que pudiera haber obtenido el beneficiario.
- Costes subvencionables:
Con carácter general se considerarán partidas susceptibles de subvención los activos dentro de los conceptos de terrenos, edificios, y equipamientos siempre que los activos inmobiliarios no sobrepasen el 80% de la inversión total.
Se excluyen como gastos computables o elegibles las inversiones en activos móviles (vehículos de transporte exterior) e inversiones de sustitución.
Por Activo Fijo Nuevo deberá entenderse aquéllos que se adquieran a un tercero y supongan una primera transmisión del bien.

Documentos asociados

Boletín: 22/01/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 17
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/10/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 228
Documento: 2ª Convocatoria parcial de 2005 Descargar Documento