Ayudas a la Contratación para Entidades Sin Animo de Lucro, Empresas de Inserción Sociolaboral y Proyecto de Activación de Ideas (Programa ACTIVA).

Código de ayuda:

S06091/06

Norma:

Sesión de 31 de enero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Para entidades sin ánimo de lucro: 4 de abril; para empresas de inserción laboral y el Programa ACTIVA: 30 de abril.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

AYUDAS A LA CONTRATACION POR CUENTA AJENA EN ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO
Pueden ser objeto de subvención los proyectos de interés público y que promuevan empleo, presentados por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas en el marco de dos grandes áreas:
a) Proyectos de interés social cuyo objeto fundamental sea el desarrollo de actuaciones destinadas a la atención y promoción de la cooperación con colectivos especialmente desfavorecidos, así como cualesquiera otros de interés público.
b) Proyectos de interés empresarial cuyo objeto fundamental sea el desarrollo de actuaciones destinadas a la promoción económica y tecnológica en cualquiera de los siguientes ámbitos:
• Calidad.
• Medio ambiente.
• Tecnologías de la Información y Comunicación.
• Innovación Tecnológica.
• Promoción Económica y Turística.
• Prevención de Riesgos Laborales.
• Responsabilidad Social Empresarial.
• Ampliación de mercados.
• Activación de ideas.
• Otras áreas de interés empresarial.

EMPRESAS DE INSERCION SOCIOLABORAL
La presente convocatoria de ayudas esta orientada a potenciar la inserción socio-laboral de personas en situación de riesgo de exclusión del mercado laboral proporcionándoles trabajo remunerado, formación y el acompañamiento necesario para mejorar sus condiciones de ocupabilidad, a través de la creación de empresas o el mantenimiento de las existentes que tienen como objeto principal de su actividad la contratación de colectivos desfavorecidos.

PROYECTO DE ACTIVACION DE IDEAS (PROGRAMA ACTIVA)
La presente convocatoria está orientada a potenciar la creación de empresas en el municipio de Gijón o la mejora de la competitividad de las ya existentes, mediante la utilización de fórmulas novedosas, como es la generación de proyectos empresariales, aprovechando la información y experiencia de personal, clientes o proveedores, para generar nueva actividad económica y empleo.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

AYUDAS A LA CONTRATACION POR CUENTA AJENA EN ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que presenten proyectos de interés público y promuevan empleo, así como sociedades, fundaciones o patronatos municipales, en el área de sus competencias, que realicen contrataciones de personal al amparo del mencionado proyecto, y que reuniendo los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en el artículo 6 de la Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones y Ayudas del Ayuntamiento de Gijón, cumplan además los siguientes requisitos específicos:
- Tener centro de trabajo en el territorio municipal de Gijón.
- Estar inscritas en los registros correspondientes.
- No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, por la comisión de infracciones tipificadas en tal materia en el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

EMPRESAS DE INSERCION SOCIOLABORAL
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan cualquiera de las siguientes características:
1. Que entre sus objetivos persigan la integración sociolaboral de personas desfavorecidas o colectivos amenazados con exclusión social, realizando un trabajo a través de la producción de bienes o la prestación de servicios, facilitando así la integración sociolaboral de personas en situación de riesgo de exclusión del mercado laboral, proporcionándoles un trabajo remunerado y la formación y el acompañamiento necesario para mejorar sus condiciones de ocupabilidad.
2. Que aún sin responder a los criterios anteriores, en los últimos 4 años hayan mantenido en plantilla al menos a un trabajador/a perteneciente a cualquiera de los colectivos que se citan en la base tercera de esta convocatoria.

PROYECTO DE ACTIVACION DE IDEAS (PROGRAMA ACTIVA)
1. Nuevas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, exceptuando al empresario individual o profesional, creadas por la colaboración entre Promotores Expertos, que mantengan su actividad empresarial, y Emprendedores Noveles, enmarcadas como:
- Nuevas tecnologías.
- Servicios avanzados.
- Actividades novedosas.
- Proyectos que supongan la realización de actividades con alto componente de valor añadido.
- Otros proyectos que se consideren de interés para el desarrollo de la economía local.
2. Asimismo, con carácter excepcional, podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas entidades privadas y/o empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que presenten un proyecto empresarial que desarrolle una idea de negocio distinta de la propia actividad, que suponga una mejora de su competitividad y que se enmarque en alguna de las áreas mencionadas en el apartado anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

AYUDAS A LA CONTRATACION POR CUENTA AJENA EN ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO
Serán objeto de subvención aquellos contratos celebrados para el desarrollo de los proyectos presentados a la convocatoria y que cumplan los siguientes criterios:
• Duración: Las contrataciones, a tiempo completo o parcial, serán de duración variable y hasta un límite máximo subvencionable de 9 meses.
• Jornada: La jornada laboral del contrato subvencionable no podrá ser inferior a la mitad de la jornada laboral habitual en la actividad de que se trate ni superior a la máxima legal establecida.
• Centro de trabajo: La contratación se efectuará para realizar la actividad en un centro de trabajo ubicado en el territorio municipal de Gijón.
• Fechas de contratación: Las contrataciones se efectuarán entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2006, fecha en la que deberán finalizar todos los contratos, salvo aquellos supuestos en los que la ejecución del proyecto, por su naturaleza, requiera un plazo más amplio, sin que en ningún caso éste pueda superar el 31 de marzo de 2007.

EMPRESAS DE INSERCION SOCIOLABORAL
Serán subvencionables los contratos celebrados por las empresas que cumplan las características establecidas en la base segunda y contraten a cualquiera de los/as trabajadores que reúnan los requisitos recogidos en la base tercera, entre el 1 de julio de 2005 y el cierre del plazo conforme a los criterios establecidos en la base novena:
• Modalidad contractual: Cualquiera de las modalidades contractuales vigentes en la legislación laboral (con la excepción del contrato a domicilio).
• Jornada: la jornada diaria de trabajo habrá de ser al menos del 50% de la ordinaria establecida en el convenio de aplicación y la prestación de servicios deberá realizarse todos los días de trabajo normal en la empresa.
• Duración: Los contratos tendrán una duración mínima de dos años.

PROYECTO DE ACTIVACION DE IDEAS (PROGRAMA ACTIVA)
La contratación efectuada entre el 1 de octubre de 2005 y el 30, plazo de cierre de la convocatoria establecido en la base octava que reúna las siguientes condiciones:
a) Se subvencionará una sola contratación con carácter indefinido a jornada completa o a tiempo parcial, siempre que no sea inferior al 50% de la jornada habitual.
b) Si el beneficiario tiene la condición de nueva empresa:
• Ha de estar subvencionada por el Centro Municipal de Empresas en el ámbito del Programa “ACTIVA”, de conformidad con lo dispuesto en la base segunda.
• Ha de tratarse de la primera contratación.
c) Si el beneficiario es una empresa ya constituida o entidad privada ubicada en el término municipal de Gijón:
• Ha de tratarse de una contratación efectuada para desarrollar el proyecto presentado en los términos establecidos en la base segunda.
• En el caso, de que se asigne a un/a trabajador/a ya contratado/a por la empresa beneficiaria la ejecución del proyecto éste ha de cumplir cualquiera de las dos condiciones siguientes:
- Si el/la trabajador/a estuviese contratado/a temporalmente deberá transformarse en indefinido su contrato siempre que se cumpla el requisito establecido en la base tercera, apartado 3º.
- Si el/la trabajador/a estuviese contratado/a de forma indefinida deberá presentar una novación del contrato en el que se especifiquen como funciones propias a desarrollar las de ejecución del proyecto presentado, siempre y cuando se cumpla además el requisito establecido en la base tercera, apartado 3º.

Documentos asociados

Boletín: 04/03/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento