Ayudas a inversiones para la demostración y validación de tecnologías energéticas renovables marinas emergentes – Año 2018.

Código de ayuda:

S30428/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el momento de producirse el agotamiento del presupuesto destinado a este efecto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras de conformidad con los objetivos de la Política Energética del Gobierno Vasco tiene como misión contribuir, mediante el necesario impulso público, a aumentar la eficiencia en el consumo de energía, contribuyendo a la consecución de un sistema energético más competitivo, más sostenible y más seguro, al disminuir el impacto ambiental, requerir menos energía para el consumo y reducir la dependencia de recursos externos.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ente Vasco de la Energía (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación económica destinada a este programa de ayudas asciende a dos millones y medio (2.500.000) de euros, según el correspondiente crédito establecido al efecto en los presupuestos del Ente Vasco de la Energía (en adelante «EVE») para el período 2018-2020, si bien, la dotación económica destinada al período 2018 es de quinientos mil (500.000) euros.

La cuantía total del conjunto de ayudas para el ejercicio 2018 no superará la cantidad de 500.000 euros y la cuantía anual destinada a cada uno de los ejercicios 2019 y 2020 será de 1.000.000 de euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Todas aquellas personas jurídicas, de naturaleza pública o privada, que lleven a cabo en el territorio de la CAPV actuaciones de las previstas en la base 4.ª de este programa de ayudas.

b) Los consorcios, agrupaciones o asociaciones de empresas de naturaleza pública o privada y sin personalidad jurídica, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante «LGS»), que lleven a cabo, dentro del territorio de la CAPV, actuaciones del tipo de las especificadas en la base 4.ª de este programa de ayudas.

La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En el marco del presente programa de ayudas, se consideran actuaciones subvencionables las propias de la fase de demostración y validación de proyectos de desarrollo experimental descritas en esta base 4.ª, llevadas a cabo por los solicitantes en el territorio de la CAPV y que sean ejecutadas y facturadas en el período comprendido entre la fecha posterior a la de presentación de la correspondiente solicitud de ayuda al presente programa de ayudas y el 31 de diciembre de 2018 (artículo 2.23) del Reglamento 651/2014). Para los ejercicios 2019 y 2020 las actuaciones descritas en esta base 4.ª y de acuerdo con las fases anuales detalladas en cada solicitud ya presentada y aprobada, deberán estar ejecutadas y facturadas entre el 1 de enero del ejercicio correspondiente y el 31 de diciembre del mismo ejercicio.

Las actuaciones objeto de subvención en el marco del presente programa de ayudas son las que se indican a continuación:

a) Pruebas experimentales en fase de demostración y validación de prototipos a escala real o cercana a la real de dispositivos de captación de energía de las olas.

b) Pruebas experimentales en fase de demostración y validación de prototipos a escala real o cercana a la real de dispositivos de cimentación flotante de aerogeneradores.

c) Pruebas experimentales en fase de demostración y validación de prototipos a escala real o cercana a la real de aerogeneradores marinos.

d) Pruebas experimentales en fase de demostración y validación de prototipos de equipos auxiliares o componentes complementarios de cualquiera de los prototipos anteriormente descritos.

e) Coordinación de proyectos vinculados a una o varias de las actuaciones a), b), c) y d) de esta base 4.ª.

Todas las actuaciones deberán llevarse a cabo en infraestructuras de ensayo de energías renovables marinas emergentes, en mar abierto y ubicadas en la CAPV. Los proyectos podrán presentarse:

- como propuesta individual, por una única entidad; o bien,

- como propuesta en colaboración, en la que el desarrollo está participado por varias entidades con personalidad jurídica diferenciada, si bien su relación está formalizada mediante contrato, convenio, o acuerdo legal, en el que se explicitan los derechos y obligaciones de cada entidad participante. En esta línea, para que exista una propuesta en colaboración debe haber un mínimo de dos entidades independientes participantes.

Cada proyecto a ensayar deberá venir acompañado de un compromiso de aceptación por parte de la infraestructura de ensayo en la que vaya a ser ensayado, o, al menos, una carta de apoyo al proyecto por parte de la infraestructura que lo respalde.

Los proyectos deberán estar orientados a la comercialización, presentar soluciones innovadoras y ser replicables y escalables. Además, todos los proyectos deberán probar que los prototipos a ensayar están respaldados por una fase de I+D sólida, con ensayos a diferentes escalas operacionales en instalaciones reconocidas y certificadas; al mismo tiempo, los diseños, sus rendimientos y costes de cada proyecto deberán haber sido verificados.

Las actuaciones de este apartado tendrán una ayuda del 25% del coste subvencionable.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 113
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento