Ayudas a inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y climáticos en ayuntamientos incluidos en la Red Natura 2000, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.

Código de ayuda:

S06473/20

Norma:

ORDEN de 26 de diciembre de 2019. ORDEN de 17 de agosto de 2020. ORDEN de 16 de octubre de 2020. ORDEN de 4 de noviembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de marzo de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras del régimen de ayudas dirigidas a restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad en las zonas Natura 2000, los sistemas agrarios de alto valor natural, así como a mejorar el estado de los paisajes agrarios gallegos dentro de los espacios de la Red Natura 2000 o en sus áreas de influencia socioeconómica por medio de proyectos que contribuyan a la mejora del paisaje rural tradicional y de sus elementos representativos y para el mantenimiento de las condiciones ambientales necesarias dirigidas a la conservación o recuperación de especies relacionadas con el medio agrario y sus hábitats. Se incluirán ayudas destinadas a inversiones no productivas necesarias para alcanzar objetivos ambientales, es decir, inversiones que no den lugar a un aumento significativo del valor o la rentabilidad de las explotaciones agrícolas y que contribuyan a la mejora del carácter de utilidad pública de las zonas Red Natura 2000.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se concederá el 100 % del coste subvencionable, con un importe máximo de 20.000 euros/proyecto en el caso de las personas beneficiarias del artículo 2.1.b) y de 12.000 € en el caso de las personas beneficiarias referidas en el artículo 2.1.a) y 2.1.c). Solo se admitirá una única solicitud de ayuda y un único proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las personas titulares de terrenos agrícolas y forestales privados, entendiendo por titular las personas físicas o jurídicas (excepto las entidades empresariales de carácter mercantil) propietarias o arrendatarias o gestores de tierras que realicen inversiones no productivas necesarias para alcanzar los compromisos adquiridos bajo programas agroambientales u otros objetivos ambientales en la Red Natura 2000, o aquellos que realicen inversiones en una explotación que refuerce el carácter de utilidad pública de una zona Natura 2000.

b) Los ayuntamientos incluidos en la Red Natura 2000 en su condición de gestores de elementos comunes del paisaje agrario.

c) Las asociaciones medioambientalistas y de custodia del territorio que sean propietarias o arrendatarias de tierras agrícolas incluidas en áreas elegibles.

Documentos asociados

Boletín: 14/02/2020
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Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
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