Ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.
Código de ayuda:
S18273/24Norma:
RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2024. Decreto 27/2022, de 23 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 6 de septiembre de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convocan dos regímenes de ayudas:1) Ayudas destinadas a fomentar inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado y de perros de rehala, recovas o jaurías, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad.
2) Ayudas destinadas a fomentar inversiones en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores, o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid. Estas ayudas están incluidas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiadas al 100 % por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de subvenciones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad, las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica:a) Que sean titulares o propietarios de centros de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado, incluidas las especies cinegéticas en Extremadura, y estén autorizados y registrados por el órgano competente de esta comunidad autónoma, y se comprometan a la mejora del mismo.
b) O que se comprometan a construir un nuevo centro de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado en Extremadura.
Podrán ser beneficiarios de subvenciones a inversiones de instalaciones de protección frente a insectos vectores, las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica.
Documentos asociados
Boletín:
26/04/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 79
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
08/08/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 154
Documento: Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
08/08/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 154
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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