Ayudas a inversiones en el Area de la Energia. Programa de ayudas a inversiones en renovacion de instalaciones electricas en edificios residenciales.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S35500/12

Norma:

En Bilbao, a 10 de septiembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La mejora de la seguridad, la eficiencia energética, la funcionalidad y las condiciones de habitabilidad de las viviendas con instalaciones eléctricas
antiguas, las cuales fueron diseñadas para admitir potencias muy bajas, resultando incompatibles con el actual uso generalizado de distintos tipos de electrodomésticos.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ente Vasco de la Energía (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de la ayuda, por cada instalación eléctrica objeto de renovación, será una subvención a fondo perdido del 50% del coste subvencionable de la inversión realizada por dicho concepto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas, propietarias o poseedoras de las viviendas y las Comunidades de Propietarios, que procedan a la renovación de la instalación eléctrica, por ser ésta de una antigüedad igual o superior a 25 años.

b) Aquellas Comunidades de Propietarios que hayan recibido notificación del
Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco,
comunicando defectos en la instalación eléctrica que requieren de subsanación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las renovaciones de instalaciones eléctricas de baja tensión cuya antigüedad sea igual o superior a 25 años en viviendas y Comunidades de Propietarios y que, cumpliendo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión REBTRD842/ 2002), tramiten el correspondiente Boletín de Baja Tensión.

Requisitos:

La vivienda ó Comunidad de Propietarios, objeto de renovación, deberá estar localizada en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

No podrán ser beneficiarias las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (“LGS”) y en el artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (“D. Leg 1/1997”).

Documentos asociados

Boletín: 24/09/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 186
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 24/09/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 186
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento