Ayudas a grandes proyectos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S35537/14

Norma:

Resolución de 9 de julio de 2014. Orden IET/786/2013, de 7 de mayo. Resolución de 17 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 2 de septiembre de 2014; consultar plazo adicional para los proyectos en cooperación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar la convocatoria de ayudas para la realización de grandes proyectos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el marco de la Orden IET/786/2013, de 7 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas en el ámbito de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y la Sociedad de la Información, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital («Boletín Oficial del Estado» núm. 111, de 9 de mayo), en lo sucesivo orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria y Turismo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los préstamos tendrán las siguientes características:

a) Plazo máximo de amortización de cinco años, incluidos dos de carencia.

b) Su importe podrá complementar la subvención hasta el 100 por cien del coste financiable del proyecto.

c) El tipo de interés aplicable será del 0,513 por cien.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1.º Las entidades del sector público.

2.º Las entidades constituidas después del 31/12/2013, salvo que procedan de otras preexistentes por cambio de denominación, fusión, absorción y escisión de sociedades, en los términos contemplados en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

3.º Las entidades sin fin de lucro que ejerzan actividad económica.

4.º Los profesionales autónomos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los grandes proyectos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

Documentos asociados

Boletín: 09/05/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/07/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 170
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 19/07/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 175
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento