Ayudas a galerías de arte de la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S48228/05

Norma:

ORDEN 887/2008, de 14 de mayo. ORDEN 602/2008. ORDEN 515/2007, de 23 de marzo. ORDEN 1711/2005, de 25 de agosto. ORDEN 1040/2008, de 6 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria, de conformidad con las bases reguladoras aprobadas mediante Orden 1711/2005, de 25 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de septiembre de 2005), y modificadas por Orden 602/2008, de 9 de abril, tiene como finalidad la concesión de ayudas económicas durante el ejercicio de
2008 para las galerías de arte ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con el fin de facilitar su participación en ferias de arte de reconocido prestigio internacional que se celebren fuera de España, para la promoción y difusión del arte español en el extranjero.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso el importe de la subvención concedida podrá ser superior al importe solicitado por el beneficiario.

Las ayudas concedidas serán compatibles con cualquier otra de entidades públicas, privadas o particulares siempre que el total de las subvenciones percibidas sumado a la cantidad concedida por la Comunidad de Madrid no exceda del 100 por 100 del presupuesto del proyecto presentado por el solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las galerías de arte domiciliadas en la Comunidad de Madrid, entendiéndose cumplido el requisito de radicación cuando en el modelo oficial de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, el domicilio de la actividad corresponda a un municipio perteneciente a la Comunidad de Madrid.

Se entienden como galerías de arte las personas físicas o jurídicas que tengan como actividad principal la exposición abierta al público de obras de arte, con finalidad comercial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las galerías de arte podrán presentar hasta un máximo de dos solicitudes para asistir a cualquiera de las ferias que se detallan en el Artículo quinto de la presente convocatoria.


Requisitos:

Las personas citadas en el párrafo anterior deberán estar dadas de alta, a fecha 1 de enero de 2005, en el epígrafe correspondiente a la actividad de compra venta de obras de arte del impuesto de actividades económicas.

No podrán acceder a las ayudas quienes se encuentren afectados por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

No podrán obtener subvención aquellas empresas que tengan deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.

Documentos asociados

Boletín: 30/09/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 233
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 19/04/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 92
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/04/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 102
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 28/05/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 126
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/07/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 155
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento