Ayudas a favor de personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa de la Democracia.

Código de ayuda:

S70982/08

Norma:

REAL DECRETO 1803/2008, de 3 de noviembre. Ley 52/2007, de 26 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Determinar el alcance, las condiciones y el procedimiento para el reconocimiento y abono de las indemnizaciones por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Otras

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la indemnización por fallecimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1 de la Ley 52/2007, será de 135.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los hijos y el cónyuge de la persona fallecida, si no estuviere separado legalmente ni en proceso de separación o nulidad matrimonial, o la persona que hubiere venido conviviendo con ella de forma permanente con análoga relación de afectividad a la del cónyuge durante, al menos, los dos años inmediatamente anteriores al momento del fallecimiento, salvo que hubieren tenido descendencia en común, en cuyo caso bastará la mera convivencia.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 310
Documento: Reconocimiento de Derechos Descargar Documento
Boletín: 15/11/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 276
Documento: Convocatoria 2008, Bases y Anexos Descargar Documento