Ayudas a favor de entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para la realización de actividades culturales relacionadas con el teatro, la música, la danza y la cinematografía.

Código de ayuda:

S00019/05

Norma:

Orden 2195/2004, de 27 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2005

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura y Deportes (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades culturales privadas sin ánimo de lucro con sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid e inscritas en el Registro autonómico o nacional correspondiente con una antigüedad mínima de dos años con respecto a la fecha de finalización de presentación de solicitudes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

I. Actividades de teatro, música, danza y audiovisuales, así como publicaciones directamente relacionadas con las anteriores.
Son subvencionables los gastos directamente relacionados con dichas actividades, tales como escenografía, alquiler de equipos
de iluminación y sonido, alojamiento y viajes de artistas actuantes, publicidad y promoción, derechos de autor, entre otros.
II. Festivales cinematográficos.
Son subvencionables los gastos de organización, promoción y funcionamiento de los festivales.
III. Programas de formación.
Son subvencionables los siguientes gastos:
— Alquiler de locales para uso exclusivo de escuela o taller de teatro o danza.
— Material didáctico.
— Nóminas correspondientes a los salarios de los profesores, así como pagos a monitores o colaboradores en las tareas formativas.
— Publicidad y promoción.

Con carácter general para todas las actividades, no son subvencionables los siguientes gastos:
— Gastos de mantenimiento y de funcionamiento ordinario de la entidad: alquiler de locales para actividades de administración,
licencias, asesoría legal, teléfono e Internet, entre otros.
— Comidas y gastos de representación similares.
— Las cantidades correspondientes al IVA.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 311
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 31/12/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 311
Documento: Anexos Descargar Documento