Ayudas a entidades sin animo de lucro para la adquisicion de equipo audiovisual y multimedia y para crear medios de informacion electronica, para el año 2008 - corrección.

Código de ayuda:

S04219/08

Norma:

Resolucion de 31 de diciembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan dos líneas de subvención, mediante régimen de concurrencia competitiva, para el año 2008, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro.


Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Modalidad A:
Se subvencionará hasta un máximo del 70%, en términos generales, del importe total de la factura pro forma presentada (IVA incluido), expedida por la entidad suministradora, incluyendo únicamente el valor del material subvencionable adquirido y excluyendo otro tipo de gastos (transporte, instalación, etc.), en una cuantía máxima de 1.500 euros por entidad solicitante, y teniendo en cuenta:
a) La ayuda máxima por ordenador personal será de 500 euros.
b) La ayuda máxima por receptor de señal de televisión digital terrestre que incorpore servicios interactivos
(MHP) será de 130 euros, y para los receptores de TDT sin MHP será de 30 euros.

Modalidad B:
La ayuda máxima para crear la página web en gallego será de 400 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas en
el momento de la publicación de esta convocatoria, que persigan finalidades de interés general no empresarial, dispongan de un establecimiento abierto para la realización de dichas actividades, y que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia, en ayuntamientos con una población de derecho igual o inferior a 30.000 habitantes.

Dichos requisitos no se exigen a aquellas entidades sin ánimo de lucro que gestionen la actividad de cineclub.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

-Modalidad A:
adquisición durante el año 2008 de equipamiento audiovisual, multimedia y otros de naturaleza análoga necesarios para el desarrollo de sus actividades; adquisiciones de ordenadores personales, cuando vayan a ser destinados por la entidad beneficiaria a actividades de carácter audiovisual, y/o equipos de comunicación que permitan la conexión a los servicios de internet.
En todo caso, tendrán como finalidad servir de herramienta para que la entidad desarrolle adecuadamente
sus actividades en el campo de la comunicación.

-Modalidad B):
crear una página web en gallego en internet para la anualidad 2008, deberá estar referida a la entidad solicitante y a las actividades que desarrolla; los contenidos de la web son de la responsabilidad de la entidad solicitante de la ayuda.
La página web deberá estar en un dominio propio con un primer nivel que sea «.es» o «.org». Tendrá
como finalidad servir para hacer divulgación y difusión de las actividades que realiza la entidad.

Quedan excluidos de estas ayudas la instalación del equipo y los gastos derivados del acceso y servicio
de internet.

Documentos asociados

Boletín: 21/01/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/02/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 24
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento