Ayudas a entidades que desarrollan actividades dirigidas a los colectivos de gays, lesbianas y transexuales - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S12837/08

Norma:

ORDEN de 30 de enero de 2008. ORDEN de 25 de febrero de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas a las organizaciones y entidades que desarrollan actividades de
promoción y defensa de los derechos e intereses de gays, lesbianas y transexuales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Aquellas entidades sin ánimo de lucro que realicen durante el año 2009, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, las actuaciones previstas en la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades subvencionables serán aquellas realizadas u organizadas por las entidades beneficiarias
que favorezcan la libertad e igualdad efectiva de gays, lesbianas y transexuales y contribuyan al ejercicio pleno de toda persona a desarrollar libremente su personalidad en los planos afectivos, sexual y de identidad de género.

Las entidades beneficiarias de la presente Orden podrán acceder a las ayudas reguladas en la presente
convocatoria para la promoción y realización de las siguientes actividades:

a) Campañas de información social que denuncien comportamientos lesbo y homofóbicos y promuevan
comportamientos y actitudes de respeto e igualdad.

b) Programas y medidas orientadas a la normalización de la transexualidad, favoreciendo la integración
social de los transexuales.

c) Propuesta de revisión de los contenidos con información sobre sexualidad que se ofrecen en todos los niveles de enseñanza y en otros ámbitos formativos, de forma que no se siga transmitiendo en la educación un modelo preferente que excluye las opciones afectivo-sexuales diferentes a la heterosexual.

d) Cualesquiera otras actuaciones que contribuyan a remover los obstáculos que impiden o dificultan que
gays, lesbianas y transexuales desarrollen plenamente su personalidad y participen en igualdad de condiciones en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social.

Documentos asociados

Boletín: 25/02/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 39
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 03/03/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 43
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento