Ayudas a entidades promotoras de la enseñanza de euskera por motivo de Covid-19.- Convocatoria 2021.

Código de ayuda:

S39946/21

Norma:

ORDEN FORAL 71E/2021, de 2 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las entidades privadas radicadas en la Comunidad Foral de Navarra, promotoras de la enseñanza en euskera a personas adultas para financiar los gastos y las inversiones a realizar en dichas instalaciones durante el 2021, necesarias para hacer frente a la crisis ocasionada por el Covid-19.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Relaciones Ciudadanas (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe del gasto destinado a esta convocatoria asciende a 30.000 euros, de los cuales 15.000 euros se destinarán a financiar gastos necesarios para hacer frente a la crisis ocasionada por el Covid-19, y 15.000 euros se destinarán a financiar gastos de inversión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a este régimen de subvenciones las entidades privadas promotoras de la
enseñanza en euskera a personas adultas cuyos gastos e inversiones hayan sido realizadas a partir
del 1 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de octubre de 2021.

Antes de la concesión de la subvención, el solicitante deberá declarar por escrito cualesquiera otras
ayudas relativas a los mismos gastos subvencionables que en aplicación de este régimen, relativo a
las medidas de ayuda destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de Covid19, haya recibido durante el ejercicio fiscal en curso.

Los beneficiarios estarán sujetos a las obligaciones que, con carácter general, se establecen en el
artículo 14 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones, además de a aquellas otras que puedan prever las correspondientes convocatorias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos considerados en el artículo 28 de la Ley Foral
11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones, que se realicen desde el 1 de diciembre de 2020 hasta el 31 de octubre de 2021, que resulten necesarios para la impartición y el correcto funcionamiento de las clases.

Específicamente son gastos e inversiones subvencionables:


a) El concepto de gastos necesarios para hacer frente a la crisis ocasionada por el Covid-19 incluye:

Gastos en materiales y productos de protección personal: mascarillas desechables y reutilizables,
geles hidroalcohólicos, jabones, dispensadores y otras soluciones de desinfección personal,
pantallas protectoras faciales y otros elementos de protección personal (EPIs) que se entreguen a las
personas empleadas y al alumnado.

Gastos de señalética, para información de control de aforo, direcciones de recorrido, etc., exigidos
debido a la crisis sanitaria del Covid-19.

Gastos de limpieza de carácter extraordinario: servicios especiales de limpieza y desinfección, gasto en productos de limpieza y desinfección, alquiler de maquinaria y pequeño electrodoméstico para la limpieza y desinfección del establecimiento.

b) El concepto inversiones comprende exclusivamente los siguientes gastos:

Inversiones de adaptación de los accesos y salidas de los centros a la situación exigida por la crisis
sanitaria del Covid-19 (sistemas de apertura de puertas automáticas, instalación de mamparas,
mostradores).

Inversiones en equipamiento informático o electrónico y en la adquisición y modificación de
aplicaciones informáticas necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria del Covid-19. Se
considerarán aceptables siempre que el coste unitario del elemento en cuestión sea menor de 1500 €
(Impuestos excluidos).
Compra de maquinaria y pequeño electrodoméstico para la limpieza y desinfección del
establecimiento.

El importe del gasto destinado a esta convocatoria asciende a 30.000 euros, de los cuales 15.000 euros se destinarán a financiar gastos necesarios para hacer frente a la crisis ocasionada por el Covid-19, y 15.000 euros se destinarán a financiar gastos de inversión.

Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización
del periodo de justificación.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de
mercado.

Documentos asociados

Boletín: 02/08/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 179
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 02/08/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 179
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento