Ayudas a entidades privadas sin animo de lucro que realizan actividades de ocio adaptado dirigidas a personas con discapacidad.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S40791/14

Norma:

Palma, 30 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/08/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas dirigidas a apoyar la financiación de las actividades de ocio adaptado dirigidas a las personas con discapacidad que vienen realizando las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro diciembre de día 1 de enero de 2014 y hasta 31 de diciembre de 2014.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El precio mensual máximo subvencionable por persona en horario completo según la tipología de actividad es el siguiente:

Tipología de actividad Precio

1 Alto grado de discapacidad - ocio lunes a viernes: 75,63

2 Alto grado de discapacidad - ocio sábados: 36,10

3 Alto grado de discapacidad - ocio vacaciones: 80,15

4 Bajo grado de discapacidad - ocio lunes a viernes: 50,20

5 Bajo grado de discapacidad - ocio sábados: 24,00

6 Bajo grado de discapacidad - ocio vacaciones: 53,30

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades y las asociaciones de personas con discapacidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de las actividades de ocio adaptado dirigidas a las personas con discapacidad que vienen realizando las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro diciembre de día 1 de enero de 2014 y hasta 31 de diciembre de 2014.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) No tener ánimo de lucro.

c) Tener por objeto principal en sus estatutos la realización de actividades, servicios y programas dirigidos a personas con discapacidad.

d) Tener domicilio social (representación o delegación) en la isla de Mallorca.

e) Estar inscrita en el Registro Central de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o en el que corresponda, seis meses antes de la fecha de inicio de esta convocatoria.

f) Tener capacidad jurídica y de obrar.

g) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consejo de Mallorca y con el IMAS y de las otras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que tengan impuestas por la normativa vigente.

h) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/08/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 107
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento