Ayudas a entidades para la realización de actividades relacionadas con la integración europea durante el año 2008.

Código de ayuda:

S10582/07

Norma:

Resolución de 17 de abril de 2008. Resolución de 29 de enero de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta resolución es fijar el régimen de concesión de ayudas en el año 2008 para la realización
de actividades concretas destinadas a la divulgación y promoción de la idea de la integración europea.

El texto completo de la presente resolución y su anexo está a disposición de los interesados en las oficinas
centrales de la fundación, en calle dos Feáns, 3-c bajo, 15706 Santiago de Compostela (tfno. 981 541 012).
o bien en su página web: http://www.fundaciongaliciaeuropa.eu.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Fundación Galicia Europa (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no podrá ser superior al 50 por 100 del presupuesto de la actividad a realizar, ni superará individualmente la cuantía de 3.500 €.


Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas las personas jurídicas, de derecho público o privado, sin ánimo de lucro y con sede en Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Para los efectos de esta resolución se entenderá por actividades concretas la realización de cursos, seminarios, congresos, jornadas, proyectos, publicaciones y otras actividades de naturaleza semejantes. No obstante, no podrán acogerse aquellas propuestas cuya actividad principal consista en un viaje.

Las ayudas se otorgarán bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, igualdad y no discriminación.


Requisitos:

La realización de las actividades para las que se haya concedido la ayuda se justificarán dentro de los dos meses siguientes al término de la actividad, y en todo caso, antes del 23 de diciembre de 2008.

Documentos asociados

Boletín: 07/02/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 27
Documento: Anuncio de Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 29/04/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 82
Documento: Anuncio de Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 29/04/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 82
Documento: Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento