Ayudas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia través de Aula Mentor - 2025.

Código de ayuda:

S10400/25

Norma:

Resolución de 14 de abril de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de mayo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. El objeto de esta convocatoria es financiar ayudas destinadas al mantenimiento de Aulas Mentor dependientes de entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para promover la formación abierta, flexible y a través de Internet para personas adultas desarrollada en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de marzo de 2025.

2. Estas ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva y están dirigidas a entidades que cuentan con un Aula Mentor, activa y en funcionamiento a 31 de marzo de 2025.

3. El número máximo de ayudas concedidas a cargo de esta convocatoria será de ciento cincuenta (150).

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el logro de la finalidad señalada se dispone, en la aplicación presupuestaria 18.05.322L.463, de 600.750,00€ que se distribuirán en ciento cincuenta (150) módulos de 4.005,00 €. cada uno.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas las entidades locales a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las comunidades autónomas y las entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales, que cuenten con un Aula Mentor activa y en funcionamiento a fecha de 31 de marzo de 2025.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Gastos derivados de la organización y desarrollo de eventos para la dinamización e incremento de la repercusión del Aula Mentor en el municipio y/o en su área de influencia.

b. Gastos derivados de la organización y desarrollo de actividades (formativas, de emprendimiento, de acreditación de competencias) por parte del Aula Mentor destinadas a la promoción del papel de la mujer en el medio rural y/o a colectivos con especiales dificultades ante la formación y el empleo.

c. Gastos correspondientes a las retribuciones del encargado/a del Aula Mentor (originales o copias compulsadas) o mediante certificación de los gastos y pagos realizados junto con los documentos acreditativos del gasto y del pago, así como las indemnizaciones, en su caso, por razón de servicio y en cumplimiento de la finalidad establecida en esta convocatoria, conforme a las normas correspondientes (deberá adjuntarse para su justificación las nóminas del administrador y los documentos TC1 y TC2, originales o copias compulsadas).

d. En el caso de imputar gastos de personal, se podrán imputar costes indirectos, equivalentes a un tipo fijo del 15 % de los costes directos de personal imputados, por trasposición del artículo 54.b del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo.

e. Gastos ordinarios derivados de la adquisición de material no inventariable (material de oficina, papelería, tóner, paquetes standard de software, etc.).

f. Gastos derivados de la difusión y publicidad del Aula Mentor (dípticos, trípticos, roller up, prensa, etc.).

g. Gastos correspondientes al mantenimiento de equipos informáticos, impresoras, proyectores, etc.

h. Gastos correspondientes al mantenimiento del aula donde está ubicada el Aula Mentor. El porcentaje máximo que podrá aplicarse a la ayuda en relación con los gastos indirectos no podrá exceder el 10 % de su cuantía total y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.9 de la Ley 38/2003.

i. En ningún caso, las entidades beneficiarias de esta ayuda en el 2023 podrán justificar con cargo a esta convocatoria actividades ya financiadas.

Requisitos:

a) Tener publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el convenio que acredita su condición de entidad colaboradora del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el desarrollo del programa Aula Mentor conforme a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público para los convenios administrativos.

b) Estar al corriente de los compromisos económicos a los que se refiere la cláusula tercera del convenio que acredita su condición de entidad colaboradora del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el desarrollo del programa Aula Mentor en lo referido a la compensación económica de los tutores del programa en concepto de impartición de cursos en su Entidad.

c) Contar con un Aula Mentor en funcionamiento a 31 de marzo de 2025 y con matrículas activas (alumnado matriculado en cursos del Catálogo oficial del Programa) en el período comprendido entre el 01/09/2023 y el 31/03/2025, o en una parte de este periodo, siempre que sea superior a 6 meses.

d) Haber justificado las ayudas económicas recibidas en convocatorias previas de ayudas al mantenimiento de Aula Mentor.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/04/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 100
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/04/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 100
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento