Ayudas a entidades deportivas para la promoción del deporte en Alcalá de Henares, edición 2020.

Código de ayuda:

S42628/20

Norma:

Acuerdo de 24 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Desde el día 1 hasta el día 23 de octubre de 2020, ambos incluidos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de ayudas a clubes deportivos, agrupaciones deportivas y secciones de acción deportiva de Alcalá de Henares para el desarrollo de su actividad deportiva durante la temporada deportiva 2019/2020 (desde el 1 de septiembre de 2019 al 31 de agosto de 2020). Estas ayudas pretenden impulsar el desarrollo de actividades deportivas. La actividad física y el deporte sirven de manera fundamental a la formación y desarrollo integral de la personalidad y al aumento de los índices de bienestar general de la población. Por ello, las actividades deportivas se consideran actividades de utilidad pública.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Alcalá de Henares (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

mporte máximo de la convocatoria: 81.000 euros.

El importe de esta subvención se entregará de manera prorrateada entre todos los beneficiarios de las ayudas, no adjudicándose más del 25 por 100 de la cuantía total de la subvención a una sola asociación deportiva o deportista individual.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Entidades deportivas que reúnan los requisitos.

Requisitos:

a) Podrán ser beneficiarios de las ayudas cualquier club deportivo, agrupación deportiva asociada para la práctica de actividades físico-deportivas o sección de acción deportiva que desarrolle actividades deportivas y tenga domicilio social en la ciudad de Alcalá de Henares.

b) Los solicitantes deberán estar inscritos en el registro de entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.

c) No estar incursa en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en especial, no tener deudas pendientes con el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal, así como estar al corriente de
sus obligaciones con la Agencia Tributaria y frente a la Seguridad Social.

d) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.

e) Estar dado de alta en la Agencia Tributaria y tener el correspondiente NIF.

Documentos asociados

Boletín: 10/08/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 192
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 10/08/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 192
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento