Ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género.

Código de ayuda:

S15882/18

Norma:

DECRETO 40/2018, de 27 de marzo. RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2018. RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de julio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Resolución tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2019, las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género, previstas en el Decreto 40/2018, de 27 de marzo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a subvencionar por entidad solicitante, para cada una de las fases de los procesos de cambio organizacional pro-equidad de género, es la siguiente:

1) Para la realización del Diagnostico Participativo de Género y la elaboración del Plan de Acción Estratégico pro-equidad de Género, hasta 42.000 euros.

2) Para la elaboración del Plan de Acción Estratégico pro-equidad de Género, hasta 16.000 euros.

3) Para la implementación y evaluación del Plan de Acción Estratégico pro-equidad de Género, hasta 40.000 euros.

4) Para la evaluación de la implementación del Plan de Acción Estratégico pro-equidad de Género, hasta 7.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Estar inscritas formalmente en el Registro de Agentes de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

b) Contar, al menos, con una plantilla de tres personas contratadas en la entidad.

c) Designar a una persona de la entidad como referente del proceso de cambio organizacional.

d) Conformar un grupo interno de género, compuesto por personas de la organización, que impulse y dinamice el proceso de cambio pro-equidad. El grupo tiene que ser representativo de las distintas áreas de la organización, siendo obligatoria la participación de al menos una persona de la Junta o Patronato en el mismo.

e) Establecer un sistema específico y concreto de liberación de funciones para la persona referente, el grupo interno de género y el personal de la organización participante en el proceso f) Socializar en el seno de la entidad las implicaciones del proceso y dar a conocer los pasos que se van dando, tanto a nivel interno como en el entorno de la organización.

g) Garantizar la permanencia a lo largo de todo el proceso tanto de la persona referente como del grupo interno de género.

h) No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/04/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 12/09/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 176
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 19/06/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 115
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento