Ayudas a entidades colaboradoras de pesca fluvial para el fomento de la riqueza piscicola.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S66019/10

Norma:

Orden de 13 de diciembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas a entidades colaboradoras que realicen actividades e inversiones para el fomento de la riqueza piscícola.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda podrá alcanzar el 100% de los gastos subvencionables.

Sin superar el porcentaje anterior, las ayudas tendrán los siguientes importes mínimos condicionados a
la existencia de crédito suficiente: Cuatrocientos euros (400 euros) por vigilante y mes de vigilancia a jornada completa. En los casos de una duración inferior al mes o de una dedicación inferior a la jornada
completa, el importe se reducirá de forma proporcional a la duración del contrato y a la dedicación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las sociedades o asociaciones que tengan el nombramiento de entidad colaboradora, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, y en el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La vigilancia de tramos de pesca: todos los gastos directamente relacionados con las tareas de vigilancia
de tramos de ríos, realizada entre el 1 de octubre de 2010 y el 30 de septiembre de 2011.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las entidades en
que concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10º.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de
junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 15/12/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 239
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento