Ayudas a empresas y organizaciones para su adhesión a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales(Emas) y para la implantación por fases de dicho sistema para Pymes.

Código de ayuda:

S13555/05

Norma:

Orden de 23 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para la implantación de un sistema de gestión medioambiental.
Con la implantación de este sistema de gestión medioambiental se minimizarán gradualmente los impactos producidos por las organizaciones sobre el medio receptor.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para las empresas que implanten y se registren directamente en el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales Emas, hasta un máximo del 90% del coste de la implantación y verificación (coste total); hasta un máximo de 6.000 € del coste
de la verificación si se hace a partir de ISO 14001; y hasta un 75% del coste de los trabajos realizados para la implantación de un sistema de gestión medioambiental conforme a los requisitos que exige el Reglamento Emas, no llegando a realizar la verificación de la declaración medioambiental y la inscripción en el registro Emas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas y otras organizaciones que cumplan los siguientes requisitos:
1. Tener su domicilio social o alguno de sus centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia y materializar el proyecto objeto de ayuda en el ámbito territorial de Galicia.
2. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
3. No tener contraídas deudas con la Xunta de Galicia.capacidad para obrar y no estar inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado, comunidades autónomas y otros entes públicos.

- Quedan excluidas las empresas y organizaciones sin ánimo de lucro.
- Quedan excluidas también todas las empresas y organizaciones que no puedan obtener la condición de beneficiario según el artículo 13, puntos 2º y 3º, de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Apoyar el proceso de implantación de un sistema de gestión medioambiental y su posterior adhesión al sistema comunitario Emas.

Documentos asociados

Boletín: 01/04/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 62
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/05/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 92
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento