Ayudas a empresas para realizar proyectos musicales.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S28164/12

Norma:

ORDEN 1503/2012, de 10 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/08/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las subvenciones que concede la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno a favor de empresas para realizar proyectos musicales, en régimen de concurrencia competitiva y con cargo a sus Presupuestos.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas de producción musical que se adecuan a la definición de pequeña empresa establecida en el artículo 2 de la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003, es decir, aquella que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas definidas en el párrafo anterior, en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en las correspondientes convocatorias y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Asimismo, deberán tener su residencia fiscal en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Producción y estreno de espectáculos musicales con música interpretada en directo: Zarzuela, ópera y teatro musical.

b) Grabación, edición discográfica y difusión por medios audiovisuales o por Internet.

c) Producción y exhibición de ciclos musicales, festivales y conciertos.

Requisitos:

- No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- No podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezcan de personalidad jurídica propia.

- No podrá ser adjudicada subvención alguna a aquellos solicitantes que tuvieran pendiente de justificación cualquier otra ayuda que la Comunidad de Madrid les hubiera concedido anteriormente en la misma materia objeto de esta Orden. Dicha comprobación la realizará el órgano instructor con carácter previo a la adjudicación de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 175
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento