Ayudas a empresas de Mediación y Servicios que realicen trabajos de receptivo.

Código de ayuda:

S17982/04

Norma:

Orden Foral 168/2004, de 10 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar las acciones encaminadas a mejorar la oferta y servicios ofrecidos al visitante que llega a Navarra durante el año 2004.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Formación
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Cultura y Turismo - Institución Príncipe de Viana (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se articulan como subvención a fondo perdido correspondiente a la inversión realizada del 70% del gasto en formación y de un 50% en el resto de aspectos contemplados.
En el caso específico de la contratación con proveedores se concederá una subvención por contrato firmado a la hora de la presentación de la solicitud de 60 euros con un tope de 4.000 euros por este concepto.
A efectos del cálculo de la subvención se excluirá el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.).

Las ayudas contempladas en esta Orden Foral están sometidas a la regla comunitaria de "mínimis" según la cual el total percibido por ayudas de mínimis en los tres últimos años no podrá ser superior a 100.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Aquellas PYMES turísticas, Agencias de Viaje minoristas o agrupaciones de las mismas que, de forma habitual y continuada a lo largo del año realicen trabajos de receptivo en Navarra y cuenten con la autorización de la Administración Turística.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

− Formación: asistencia a cursos de formación del personal fijo de la empresa, congresos o seminarios relacionados con la actividad. (En los cursos de idiomas se deberá justificar un mínimo de 100 horas lectivas).
− Creación de producto: gastos de diseño del producto. Se podrán considerar como tales los gastos de desplazamiento y dietas del personal de la Agencia destinado a estas labores así como los ocasionados por la contratación con proveedores.
− Promoción y Comercialización: creación y edición de material promocional turístico; creación o modernización de página web; acciones de promoción turística de Navarra en el exterior (ferias, jornadas o presentaciones); gastos de distribución del material promocional.
− Creación y edición de manuales de buenas costumbres y de sensibilización con el medio ambiente.

Se admitirá como gasto subvencionable un incremento en concepto de costes internos del 10% del presupuesto presentado.

Requisitos:

Las empresas beneficiarias deberán cumplir los límites fijados en la definición de PYMES, según lo establecido en la Recomendación 96/280/CE de la Comisión, de 3 de abril de 1996, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas.

Documentos asociados

Boletín: 28/06/2004
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 77
Documento: Convocatoria Descargar Documento