Ayudas a emigrantes retornados.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S36064/08

Norma:

Resolucion de 22 de abril de 2008. Resolucion de 4 de marzo de 2009. Resolucion de 12 de marzo de 2010. Resolución de 15 de abril de 2010. Resolución de 30 de marzo de 2011. Resolución de 20 de julio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Sufragar los gastos extraordinarios derivados del hecho del retorno mediante convocatoria pública y en régimen de concurrencia competitiva a los asturianos emigrantes retornados, así como de los familiares que convivan y dependan económicamente de ellos.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de la Presidencia (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Solicitudes de personas que no dispongan de ingresos económicos y no hayan comenzado a recibir ningún tipo de prestación, bien por pensión o por rentas de trabajo y tengan hijos/as menores o con discapacidad a su cargo:

— Si se solicitan por primera vez: 1.700,00 €.

— Si se solicitan por segunda vez: 750,00 €.

2. Solicitudes de personas que no dispongan de ingresos económicos y no hayan comenzado a recibir ningún tipo de prestación, bien por pensión o por rentas de trabajo y no tengan hijos/as menores o con discapacidad su cargo:

— Si se solicitan por primera vez: 1.500,00 €.

— Si se solicitan por segunda vez: 650,00 €.

3. Solicitudes de personas cuyos ingresos económicos no superen los que se señalan y tengan hijos/as menores o con discapacidad a su cargo:

— Si se solicitan por primera vez: 1.200,00 €.

— Si se solicitan por segunda vez: 550,00 €.

4. Solicitudes de personas cuyos ingresos económicos no superen los que se señalan y no tengan hijos/as menores o con discapacidad a su cargo:

— Si se solicitan por primera vez: 1.000,00 €.

— Si se solicitan por segunda vez: 450,00 €.

5. Solicitudes de personas que estén en una plaza residencial y no dispongan de recursos económicos:

— Si se solicitan por primera vez: 500,00 €.

— Si se solicitan por segunda vez: 350,00 €.

6. Las cuantías señaladas se incrementarán en los siguientes porcentajes atendiendo al número de personas que integren la unidad familiar:

— 2 miembros: 30%.

— 3 miembros: 40%.

— 4 miembros o más: 50%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Los emigrantes asturianos retornados, que lleven más de 10 años en la emigración y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que ostenten la nacionalidad española siempre que no hayan transcurrido más de dos años de su retorno a España.

b) Los emigrantes asturianos que se encuentren temporalmente en Asturias, siempre que la causa que motivase la solicitud se haya producido en territorio nacional concurriendo los mismos requisitos que el apartado anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes generados de por la concesión de ayudas a personas emigrantes retornadas para el año 2012.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán de cumplir las obligaciones contempladas en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normas de aplicación.

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 112
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/03/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 65
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/04/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 88
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 17/04/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 88
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/04/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 87
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 01/08/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 178
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento