Ayudas a emigrantes canarios retornados para el año 2010.

Código de ayuda:

S28028/10

Norma:

Resolución de 13 de abril de 2010. Resolución de 13 de abril de 2010.

Plazo de Solicitud:

Abierto de forma permanente durante 2010, estableciendose dos plazos parciales, a) hasta 29/06. b) desde 30/06 al 15/11/2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas económicas a los emigrantes canarios que retornen a las Islas, con el fin de sufragar los primeros gastos de estancia y manutención derivados del retorno, así como los de los familiares que integren la unidad familiar

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Presidencia del Gobierno (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda económica por beneficiario será de dos mil (2.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Emigrantes retornados.

Requisitos:

a) Haber nacido en Canarias.

b) Haber nacido antes del año 1966.

c) Haber tenido su lugar de residencia en el extranjero.

d) Que a día primero de enero de 2010 no hubieran transcurrido más de dos años desde el traslado
definitivo a Canarias.

e) No disponer de suficientes recursos económicos.

f) No estar incursas en ninguna de las circunstancias determinantes de la imposibilidad de obtener la
condición de beneficiario de subvenciones, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley
38/2003, General de Subvenciones.

g) Estar al corriente, en su caso, en el pago de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 83
Documento: Bases Reguladoras y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 29/04/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 83
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento