Ayudas a deportistas cantabros para la promocion del deporte de alto nivel.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S16764/14

Norma:

Orden ECD/38/2014, de 11 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La promoción del deporte de alto nivel, facilitando a los deportistas de la Comunidad Autónoma de Cantabria el acceso a una preparación adecuada de cara a la alta competición y, a tal efecto, se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas destinadas a los mismos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los criterios para la determinación de la cuantía de las ayudas son:

— La cuantía de las ayudas no podrá superar el 80% del coste de la actividad ayudada, ni la cuantía de 15.000 euros.

— La cuantía de las ayudas será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los deportistas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán gastos objeto de subvención:

— Los destinados a la adquisición de los bienes y servicios necesarios para el ejercicio de la actividad subvencionada que no originen un aumento de capital o del patrimonio (gastos corrientes).

— Los gastos originados por la adquisición de bienes que reúnan alguna de las características siguientes:

a) Ser bienes fungibles (no tienen este carácter los ordenadores, vehículos, barcos, equipos
tecnológicos...).

b) Tener una duración previsiblemente inferior al ejercicio presupuestario.

c) No ser susceptibles de inclusión en inventario.

d) Ser, previsiblemente, gastos reiterativos.

En concreto, se considerarán gastos objeto de subvención los que reuniendo alguna de las
características anteriores se destinen a:

1. Desplazamientos a entrenamientos y competiciones y manutención necesaria para los mismos. Deberán, no obstante, acompañarse de una memoria detallada justificativa.

2. Material deportivo.

3. Tratamientos médicos, nutricionales y de rehabilitación.

4. Uso de instalaciones (tasas) y gimnasios.

5. Cualquier otro directamente derivado de la actividad deportiva.

Requisitos:

a) Tener entre 14 y 40 años.

b) Disponer de licencia deportiva en vigor expedida por la federación cántabra. Cuando no exista federación cántabra o ésta no esté integrada en la española, se admitirá licencia deportiva expedida por la federación española.

c) Haber participado en alguna de las dos últimas temporadas en: Juegos Olímpicos, Campeonatos
del Mundo, Campeonatos de Europa, Campeonatos de España y/o de Cantabria, exigiéndose en el caso de los Campeonatos de España el estar entre los diez primeros clasificados, y en el caso de los Campeonatos de Cantabria, la obtención de medalla.

Excepcionalmente, y por razones de interés deportivo debidamente justificadas, se podrán
considerar las solicitudes de aquellos deportistas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos.

Documentos asociados

Boletín: 25/04/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 79
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento