Ayudas a consorcios integrados por distintos agentes del sistema asturiano de ciencia y tecnología, para el desarrollo de proyectos de I+D+i en el Área de Energía e Hidrógeno Renovable durante el período 2023 a 2025.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S02246/23

Norma:

Resolución de 19 de diciembre de 2022. Resolución de 27 de enero de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de febrero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar a consorcios integrados por distintos agentes del Sistema Asturiano de Ciencia y Tecnología, para el desarrollo de proyectos de I+D+i en el área de energía e hidrógeno renovable, en alguna o varias de las tres líneas de actuación identificadas en el marco de la componente 17, inversión 1, del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Medio Ambiente y Energía
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad máxima de ayuda en los proyectos de Investigación industrial o Desarrollo experimental realizados en colaboración efectiva en los que participe una Pyme, se podrá incrementar en 15 puntos porcentuales hasta un máximo del 80% de los costes subvencionables. La intensidad de la ayuda se determinará para cada beneficiario participante en el proyecto en función de su tamaño.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los destinatarios de las ayudas serán los consorcios descritos en la base reguladora cuarta que deberán estar formados al menos por dos empresas no vinculadas entre sí y por una de las entidades de las letras a) a f) del apartado 8 de dicha base reguladora. El representante del consorcio será uno de los sujetos integrantes del consorcio que cumpla las obligaciones indicadas en la base reguladora quinta.

Los consorcios podrán estar formados por:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

b) Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el
Registro de Universidades, Centros y Títulos.

c) Otros centros públicos de I+D+i: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia
dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector
público, cualquiera que sea su forma jurídica.

d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema
Nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.

e) Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, que estén
inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que
se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito
estatal y se crea el Registro de tales Centros, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan
esta condición durante todo el período de la actividad subvencionada.

f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D+i,
generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen
servicios de apoyo a la innovación a las empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables las actuaciones que lleven a cabo alguna o varias de las siguientes líneas de actuación:

- Generación de hidrógeno verde a baja temperatura a partir de hidrógeno renovable.

- Usos de hidrógeno en el sector industrial de combustión.

- Usos del hidrógeno en el sector industrial para reducción de emisiones de CO2 y como agente químico.

Las actuaciones objeto de subvención deberán conseguir como principales objetivos:

1.1. En la actuación de Generación de hidrógeno verde a baja temperatura a partir de hidrógeno renovable:

a) Los objetivos son:

- Optimizar la integración de la electrolisis de baja temperatura disponible comercialmente, con la generación de energía renovable solar fotovoltaica o eólica, para la producción de hidrógeno renovable y desarrollar sistemas innovadores de electrolizadores de baja temperatura.

b) Para cumplirlos, se contemplan las siguientes actividades:

- Diseño, instalación y puesta en marcha de parque renovable.

- Diseño y desarrollo de red híbrida (baterías, supercondensadores).

- Diseño, optimización y control de convertidores de potencia.

- Diseño, instalación y puesta en marcha de sistemas de electrolizadores de baja temperatura.

- Desarrollo de materiales, componentes y sistemas innovadores de electrolisis de baja temperatura.

- Diseño y puesta en marcha de sistemas de control y supervisión.

- Réplica digital.

1.2. En la actuación de usos de hidrógeno en el sector industrial de combustión:

a) Los objetivos son:

- Dotar al Principado de Asturias de las capacidades y equipamiento necesario para el desarrollo de
soluciones innovadoras, que permitan superar los límites actuales de la tecnología de combustión de hidrógeno, manteniendo las emisiones de óxidos de nitrógeno por debajo de los límites legales impuestos por la Unión Europea.

b) Para ello deben llevarse a cabo las siguientes actividades:

- Desarrollo de un equipamiento industrial a nivel planta piloto para el diseño y prueba en operación de
quemadores mixtos que combinen en hidrógeno y gases pobres, junto con modelos numéricos.

- Estudio del efecto de la falta de CO2 en los gases sobre los elementos de las paredes de las cámaras de
combustión (refractarios, metales) y sobre el propio producto en los casos de industrias en los que el gas exhausto está en contacto con él.

- Estudio de formas eficientes de calentamiento y comprensión para garantizar la viabilidad del sistema.

1.3. En la actuación de usos del hidrógeno en el sector industrial para reducción de emisiones de CO2 y como agente químico:

a) Los objetivos son:

- Demostrar a escala relevante (TRL 5 a 7) tecnologías basadas en módulos de electrolitos/membranas,
hechas de óxidos sólidos que habiliten nuevos sistemas industriales sostenibles, integrando la captura de
CO2 en procesos en oxicombustión.

- Integrar estos módulos en industrias intensivas en energía, para disminuir su consumo energético y, al
mismo tiempo, incrementar sus niveles de descarbonización.

- Emplear hidrógeno renovable en lugar de azul, gris o negro para la producción de químicos, como el
amoniaco y otros portadores de hidrógeno.

- Emplear hidrógeno renovable como agente reductor en procesos industriales intensivos energéticamente,
para combinar y enriquecer gases en procesos industriales de distinto origen, incluyendo syngas y biogás.

b) Para ello deben llevarse a cabo las siguientes actividades:

- Investigación del potencial del hidrógeno como agente químico, capaz de sustituir a otros reactivos como en el caso de las reacciones de reducción, dando lugar a nuevos procesos más sostenibles

- Estudio del uso de hidrógeno verde para combinar y enriquecer gases de procesos industriales de distinto origen donde se incluyen el syngas y el biogás.

Requisitos:

El representante del consorcio será uno los sujetos integrantes del consorcio y deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser algunas de las entidades enumeradas en el apartado 8 de la base tercera, como posible integrante
del Consorcio.

b) Tener poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden al
consorcio como eventual beneficiario de la ayuda.

c) Ser titular y tener disposición sobre una nueva cuenta bancaria en la que, de forma única y específica, se procederá al pago de la ayuda por parte del concedente. Una vez recibido en la cuenta el pago de la ayuda el representante será responsable de su distribución entre los miembros del consorcio, de acuerdo con el grado de participación de cada uno en la misma, según se establezca en el acuerdo
interno de funcionamiento del consorcio y la resolución de otorgamiento de la ayuda.

d) Poder asegurar la pista de auditoría tanto de los ingresos como de los pagos que se realicen en la
cuenta bancaria señalada en el apartado anterior, y deberá poner esta información a disposición de los
diferentes órganos de la administración para su correspondiente comprobación, control y auditoria en su
caso.

Documentos asociados

Boletín: 03/01/2023
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 1
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 03/01/2023
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 1
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 01/02/2023
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 21
Documento: Ampliación plazo Descargar Documento