Ayudas a conceder por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha destinadas a entidades sin ánimo de lucro existentes en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de atención a personas reclusas con trastornos adictivos en los centros penitenciarios de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S06719/23

Norma:

Orden 16/2023, de 25 de enero. Resolución de 15/12/2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de enero de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2024, las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de atención a personas en situación de reclusión y con trastornos adictivos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Sanidad (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo a conceder ascenderá a la cantidad de 325.000,00 €. Los créditos asignados a cada línea subvencionable en la presente convocatoria son los siguientes:

Línea 1: 265.000,00 €

Línea 2: 60.000,00 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones reguladas en la presente orden las entidades sin ánimo de lucro que cumplan, a fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones, los requisitos siguientes:

a) Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro Oficial que corresponda.

b) Carecer de fin de lucro.

c) Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.

d) Contar con la preceptiva autorización de la dirección de los centros penitenciarios en los que se prevea desarrollar el programa.

e) Disponer de estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de los proyectos subvencionados, acreditando la experiencia operativa para ello en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

h) No encontrarse incursas en ninguna circunstancia que determina el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

i) No encontrarse la persona que ejerza la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

j) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales conforme a lo establecido en la legislación vigente y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa, o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

k) Cumplir las medidas de protección y seguridad que establece la normativa vigente y, cuando lo exija la legislación específica, deberán disponer de un plan de autoprotección.

l) Disponer la entidad, para la realización de los proyectos subvencionados a los que sea de aplicación, de personal que no haya sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

La acreditación de los requisitos para ser beneficiaria de las subvenciones se realizará mediante la declaración responsable que figura en la solicitud, sin perjuicio de lo dispuesto en la base decimosegunda 5.

Documentos asociados

Boletín: 31/01/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 21
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/12/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 20/12/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento