Ayudas a conceder por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha destinadas a entidades sin ánimo de lucro existentes en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de promoción, prevención y atención de problemas de salud mental.
Código de ayuda:
S06700/23Norma:
Orden 15/2023, de 25 de enero. Resolución de 15/12/2023. Resolución de 09/12/2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de enero de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar, para el año 2026, las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de promoción, prevención y atención de problemas de salud mental.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Castilla-La ManchaConvoca:
Consejería de Sanidad (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Con el importe de la subvención se podrá financiar hasta el 100 % del coste total del proyecto presentado. El importe máximo individualizado por cada proyecto no excederá de 55.000,00 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta resolución, las entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que cumplan, a fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones, los requisitos establecidos en la Base Quinta de la Orden 15/2023, de 25 de enero, de la Consejería de Sanidad¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Programas de prevención e intervención.En estos programas son subvencionables actuaciones en alguno o todos de los siguientes ámbitos:
- Trastornos afectivos.
- Suicidio.
- Violencia de género en personas con problemas de salud mental.
b) Programas de información, orientación y de sensibilización y lucha contra el estigma.
En estos programas son subvencionables cualquiera o todas de las siguientes actuaciones:
- Actuaciones de información y orientación sobre servicios, recursos y red de atención a la salud mental.
- Actuaciones basadas en buenas prácticas para la lucha contra el estigma y la discriminación en salud mental.
- Actuaciones dirigidas a la promoción y defensa de los derechos de las personas con problemas de salud mental.
c) Servicios de asesoramiento jurídico especializado dirigidos a entidades, recursos, profesionales, personas con problemas de salud mental, a sus familias y/o personas allegadas.
d) Programas de acompañamiento. En estos programas son subvencionables cualquiera o todas de las siguientes actuaciones dirigidas a personas:
- Ingresadas en Unidades de Hospitalización Breve.
- En situación de exclusión residencial: Actuaciones de apoyo y acompañamiento a personas sin hogar con problemas de salud mental y/o patología dual.
e) Programas de promoción de hábitos de vida saludables en personas con problemas de salud mental, especialmente a través del deporte y ejercicio físico, así como del ocio y tiempo libre.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente.b) Carecer de fin de lucro.
c) Tener capacidad jurídica y de obrar en España.
d) Tener fines estatutarios adecuados para los programas objeto de las bases.
e) Acreditar experiencia y especialización en la atención a los colectivos destinatarios.
f) Disponer de estructura y capacidad suficiente y experiencia operativa en Castilla-La Mancha para desarrollar los proyectos.
g) No haber sido condenadas por sentencia firme a la pérdida del derecho a subvenciones ni por delitos contra la Administración pública o urbanísticos.
h) No estar en concurso, insolvencia, intervención judicial o inhabilitación concursal vigente.
i) No haber provocado la resolución firme de contratos con la Administración por causa imputable.
j) No estar incursas en supuestos de incompatibilidad según la Ley 11/2003 de Castilla-La Mancha.
k) No recibir servicios de personas que hayan incumplido las incompatibilidades tras el cese de cargos públicos en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
l) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
m) No tener residencia fiscal en paraísos fiscales.
n) Estar al corriente del reintegro de subvenciones.
ñ) Estar al corriente de pago con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
o) No haber sido sancionada con la pérdida del derecho a obtener subvenciones.
p) No estar incursa en las prohibiciones del artículo 4.5 y 4.6 de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación.
q) Que el personal del programa no haya sido condenado por delitos contra la libertad sexual ni por trata de seres humanos.
r) No haber sido sancionada o condenada por prácticas laborales discriminatorias, salvo cumplimiento de sanción y adopción de medidas de igualdad con conformidad del órgano competente.
s) Disponer de plan de prevención de riesgos laborales cuando proceda y no haber sido sancionada por infracción muy grave en esta materia en el año anterior a la solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
31/01/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 21
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 21
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
20/12/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín:
20/12/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
15/12/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 241
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 241
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
