Ayudas a compañías de artes escénicas 2021.

Código de ayuda:

S45737/21

Norma:

Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2013. Decreto de 5 de agosto de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de septiembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es apoyar el mantenimiento del tejido cultural de las compañías de artes escénicas de teatro, danza, circo y títeres de la ciudad de Madrid en el año 2021, cuya actividad sigue estando afectada por la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Las ayudas van dirigidas a las entidades productoras de espectáculos para compañías de artes escénicas con domicilio social en la ciudad de Madrid.

Serán objeto de subvención los gastos de mantenimiento e infraestructura de la entidad.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de esta convocatoria asciende a 530.944 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a la presente convocatoria las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, así como las entidades sin ánimo de lucro, que cumplan todos y cada uno de los requisitos.

Requisitos:

Las entidades solicitantes deberán estar dedicadas a la creación de producciones escénicas para compañías estables, y cuya actividad esté regulada bajo el epígrafe IAE 965.4 “Empresas de espectáculos”.

Tener su sede social en la ciudad de Madrid.

Las entidades productoras de compañías de teatro, danza y títeres deben acreditar la estabilidad de la compañía por su trayectoria en la actividad continuada de, al menos, dos años en el período de los cuatro años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Para ello deberán demostrar su actividad durante el referido período con la acreditación de la presentación de, como mínimo, una producción escénica y, al menos, 15 actuaciones, ya sean en España o en el extranjero.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/09/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 214
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/09/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 214
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento