Ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2021/22.

Código de ayuda:

S44719/21

Norma:

ORDEN de 30 de julio de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de octubre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en las correspondientes unidades concertadas, entendiendo por este aquel alumnado que requiera determinados apoyos y atenciones específicas derivadas de discapacidad motora, sensorial, intelectual o trastornos generalizados del desarrollo y de
la conducta, en aquellos aspectos que no estén ya cubiertos por el concierto educativo, a lo largo del curso escolar 2021/22.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia. Los centros con unidades concertadas de educación especial únicamente podrán optar a las ayudas para la finalidad prevista en el artículo 4 de la orden. Quedan excluidos de estas ayudas los centros concertados específicos de educación especial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Por una cuantía máxima de 300.000 euros (artículo 5.1 y 5.2) para:

a) Contratación de personal complementario: logopeda, fisioterapeuta, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, terapeuta ocupacional, intérprete de lengua de signos y cuidador/a.

b) Reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores de cuantía no superior al 15 % de la ayuda.

c) Compra de material específico común no inventariable.

Por una cuantía máxima de 150.000 euros (artículo 5.3 y 5.4) para la compra de material inventariable específico para la atención del alumnado con necesidades de apoyo educativo.

Requisitos:

No podrán tener la condición de beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG número 121, de 25 de junio).

Para obtener estas ayudas, los solicitantes tendrán que estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de la Comunidad Autónoma

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 168
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/09/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 168
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento