Ayudas a asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de ambito local, para el año 2009 materia de voluntariado.

Código de ayuda:

S75900/08

Norma:

ORDEN 16 de diciembre de 2008,

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/01/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de ayudas a asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de ámbito local para el año 2009 materia de voluntariado, y se aprueban las bases que regirán esta convocatoria, que figuran como anexo I a esta orden, así como el modelo de solicitud y demás documentación, que se incluyen como anexos II III, IV y V de la presente orden.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas podrán alcanzar hasta el cien por cien del presupuesto del proyecto de voluntariado objeto de subvención, siendo 3.000 euros la ayuda máxima que se podrá percibir por cada proyecto, teniendo
en cuenta el crédito disponible que, en caso de ser insuficiente, podrá prorratearse entre todos los beneficiarios de las ayudas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

1. Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de ámbito local, constituidas legalmente e inscritas en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunitat Valenciana.

2. En ambos casos, la inscripción en el correspondiente Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunitat Valenciana deberá haberse producido con
anterioridad a la fecha de publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

3. Igualmente, las entidades solicitantes de estas ayudas deberán estar inscritas como entidades de voluntariado en la sección 4ª del Registro Autonómico de Asociaciones, de conformidad con lo previsto
en la Ley 4/2001, de 19 de junio, del Voluntariado.

4. Las asociaciones o entidades que tomen parte en la presente convocatoria no podrán participar en ningún caso en la convocatoria destinada a subvencionar a asociaciones o entidades que tengan ámbito
de actuación en la Comunitat Valenciana. En el supuesto de que se presenten solicitudes de participación en ambas convocatorias, la entidad participante, previo requerimiento de la unidad instructora, deberá
optar por una de ellas en el plazo que al efecto se conceda. En caso contrario se entenderá que opta por la presentada en primer lugar.

Documentos asociados

Boletín: 19/12/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5917
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento