Ayudas a asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones del pueblo gitano de la Comunitat Valenciana para promover su integracion para el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S00419/08

Norma:

ORDEN de 20 de diciembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/01/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene como objeto financiar proyectos destinados a la integración del pueblo gitano, como fórmula eficaz para garantizar y aumentar la participación ciudadana de este colectivo,
fomentando de esta manera la cohesión social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Inmigración y Ciudadanía (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas será determinada en el proceso de valoración teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de valoración.

El importe de las ayudas reguladas en esta convocatoria en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con ayudas o ayudas de otras administraciones públicas, o de otros entes
públicos o privados, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse del presente programa de ayudas todas las federaciones y confederaciones de asociaciones del pueblo gitano de ámbito autonómico y las asociaciones del pueblo gitano de la Comunitat
Valenciana de ámbito inferior al autonómico que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

Quedarán excluidas como beneficiarias de ayuda en la presente convocatoria, aquellas asociaciones del pueblo gitano de cualquier ámbito territorial o sectorial integrada en una Confederación o Federación que hubiera solicitado ayuda por la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables a través del programa de ayudas que la presente orden regula, los gastos corrientes (exceptuados expresamente los gastos de personal) de las entidades solicitantes que presenten
proyectos que tengan como finalidad promover la integración del pueblo gitano, a través de acciones y actividades encaminadas a:

a) Información, orientación y asesoramiento al colectivo gitano sobre sus derechos y el ejercicio de los mismos y los recursos sociales adecuados para resolver sus necesidades.
b) La formación tanto de los miembros de la comunidad gitana como de la propia entidad en materia de asociacionismo y participación ciudadana.
c) Estudio de las condiciones, necesidades y problemática actual del colectivo en cuestión, con objeto de que sean los propios afectados quienes aborden su problemática y propongan soluciones a la misma.
Los programas que se subvencionen necesariamente deberán realizarse en el año que se solicita la ayuda, y se referirán, principalmente, a actividades tales como: seminarios, conferencias, cursillos,
campañas, estudios y talleres.

Documentos asociados

Boletín: 02/01/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5671
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento