Ayudas a actuaciones para la soberanía energética de los municipios y la resiliencia del territorio.
Código de ayuda:
S17991/25Norma:
RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2025. ORDEN 1/2024, de 22 de febrero de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de julio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto es subvencionar la ejecución, mediante obras, instalaciones y adquisición de equipos, de las actuaciones incluidas en el Plan de acción para el clima y la energía sostenible de los municipios de la Comunitat Valenciana, que contribuyan a su soberanía energética y la resiliencia del territorio.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana serán beneficiarios de estas ayudas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
– Gastos para la redacción de proyectos de las actuaciones objeto de subvención.– Gastos de ejecución de los proyectos objeto de subvención, incluyendo obras, adquisición y colocación de
equipamiento, balizamiento, señalización, jardinería y cierre. Igualmente serán subvencionables los gastos de publicidad y divulgación, incluyendo materiales gráficos tanto en formato físico como digital.
Requisitos:
a) Estar adheridos al Pacto de las Alcaldías por el Clima y la Energía y tener aprobado, por el órgano competente del ayuntamiento, un Plan de Acción para el Clima y la Energía Sostenible (PACES), que deberá estar en el perfil del signatario del sitio web del Pacto de las Alcaldías, https://eu-ayors.ec.europa.eu/en/home. Esto último se acreditará mediante declaración responsable de la persona representante legal de la entidad local.b) Tener aprobado y en vigor un Plan de Igualdad referido al personal de la administración local, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional séptima del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.
c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la administración estatal y autonómica y con la Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas. Este requisito podrá acreditarse mediante declaración responsable o presentando las certificaciones correspondientes en el caso de no autorizar a la administración actuante su consulta o se exprese oposición.
d) Disponer de capacidad económica, financiera y operativa suficiente para garantizar la ejecución de la operación propuesta lo que se acreditará mediante certificado de la persona titular de la secretaría de la entidad local.
e) Estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales ante la Sindicatura de Comptes. Este requisito se entenderá cumplido si la entidad local figura en el certificado que publica mensualmente en su página web la Sindicatura de Cuentas. En caso contrario, ésta expedirá, a petición de la entidad local interesada, certificación de haberse presentado la cuenta general a dicho organismo.
Documentos asociados
Boletín:
04/03/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9801
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
20/06/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10135
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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Boletín:
20/06/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10135
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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