Ayudas a Entidades Locales para obras del Acuerdo para el Empleo y la Proteccion Social Agrarios.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S46882/14

Norma:

DECRETO 219/2014, de 30 de septiembre. ORDEN de 11 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Dos meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución del SEPE.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de las ayudas a Entidades Locales para obras del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante el Decreto 219/2014, de 30 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a Entidades Locales para obras del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Hacienda y Administración Pública. (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda para materiales, vendrá determinada por la subvención que para la misma actuación se otorgue por el SEPE para la contratación de la mano de obra.

Para el cálculo del porcentaje de subvención, se tendrán en cuenta todas aquellas solicitudes presentadas en la Consejería de Hacienda y Administración Pública con anterioridad al 1 de marzo de 2015 y en su caso, aquellas que no se hayan podido atender en el ejercicio anterior.

Para calcular la subvención a cada entidad local, se dividirá el crédito disponible especificado en el artículo 13 de esta orden, entre el importe total concedido por el SEPE en 2014 a las entidades locales solicitantes de materiales, obteniendo de esta forma el porcentaje fijo a aplicar en 2015. La citada subvención para cada entidad local beneficiaria, resultará de la aplicación de dicho porcentaje al montante de subvención concedida por el SEPE, con el límite del importe que figure en la solicitud, si este fuese inferior.

El porcentaje a aplicar a cada entidad no podrá exceder en ningún caso del 30 %.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sean destinatarias de las ayudas que por resolución apruebe el SEPE en base a su normativa específica dentro del AEPSA.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Sufragar los gastos para los materiales necesarios en la realización de las obras especificadas en la resolución de concesión de ayuda del SEPE para la contratación de trabajadores.

Requisitos:

Para obtener la condición de beneficiario de la subvención, se deberá acreditar no hallarse incurso en ninguna de las circunstancias relacionadas en el apartado segundo del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se efectuará conforme al modelo normalizado que figura en el Anexo I.a.

Documentos asociados

Boletín: 06/10/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 192
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 23/03/2015
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 56
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/10/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 195
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento