Ayudas a Centros Navarros en otras Comunidades 2026.

Código de ayuda:

S02282/26

Norma:

ORDEN FORAL 139E/2025, de 16 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de febrero de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de las ayudas que el Departamento de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera del Gobierno de Navarra destina a los Centros Navarros en otras Comunidades Autónomas, en el año 2026, con la finalidad de favorecer el mantenimiento de los centros navarros en otras comunidades autónomas y de comunidades navarras virtuales creadas de conformidad con los artículos 3.c y 8 de la Ley Foral 3/2023, de 22 de febrero, de Relaciones con la ciudadanía navarra en el exterior, así como fomentar la realización de actividades culturales y sociales destinadas a lograr una mejor relación y una mayor integración sociocultural de sus miembros, así como la promoción y difusión de la imagen y cultura de Navarra en el exterior de la Comunidad Foral, y facilitar las inversiones necesarias para llevar a cabo dichas actividades.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cuantía de la partida / N.º total de puntos asignados = Valor del punto
Cuantía de la ayuda = Puntos asignados a la entidad x Valor del punto

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los centros navarros y las comunidades virtuales con sede en otras comunidades autónomas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

–Arrendamiento de locales y bienes.

–El normal funcionamiento de la sede social (electricidad, agua, calefacción y limpieza).

–Reparaciones, mantenimiento y conservación de locales, mobiliario y equipamiento, incluidos los medios informáticos y audiovisuales.

–Material de oficina, prensa diaria, revistas y otras publicaciones.

–Comunicaciones (teléfono, correo y otros análogos).

–Gastos de protocolo y representación incluidos los de hostelería ligados a una actividad cultural conmemorativa o representativa.

–Primas de seguros, tributos no repercutidos, gastos de comunidad de propietarios, suscripciones e intereses de préstamos hipotecarios formalizados antes del 31 de diciembre de 2010 por la adquisición o reforma del local que constituye la sede social.

–Edición y distribución de publicaciones.

–Trofeos y objetos conmemorativos a entregar a las personas galardonadas en concursos o reconocimientos.

–Gastos relacionados con plataformas digitales necesarias para el funcionamiento del centro o la
realización de actividades.

–Suministros necesarios para la organización de las actividades.

–Trabajos realizados por empresas o profesionales en el ámbito de las actividades organizadas por el beneficiario.

–El importe de la amortización contable de los locales sociales.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica legalmente constituida e inscrita en el registro oficial correspondiente.

b) Tener entre sus fines la realización de las actividades definidas en el objeto de la convocatoria.

c) Carecer de ánimo de lucro.

d) No incurrir en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

e) Contar con financiación procedente de las aportaciones de los socios y socias o de otros fondos
propios.

Documentos asociados

Boletín: 27/01/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 19
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento