Ayudas a Asociaciones de Comerciantes y otras entidades sin fines de lucro, para actuaciones dirigidas a laincentivación de la demanda en el ámbito del comercio minorista.

Código de ayuda:

S14228/06

Norma:

Orden de 24 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las actuaciones dirigidas a la incentivación de la demanda comercial en el ámbito del comercio al por menor que faciliten el desarrollo de estrategias para la mejora de la distribución, logística y promoción comercial.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Innovación e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda que se otorgue, en régimen de concurrencia competitiva, no podrá superar el 50% del importe de la inversión subvencionable aprobada por la Dirección General de Comercio y Consumo,
ni el 90%, en el caso de que se le acumulen otras ayudas o subvenciones para igual fin.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de comerciantes, sin fines de lucro, que estén legalmente constituidas, y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia, o bien cualquier otra entidad representativa de las pequeñas y medianas empresas comerciales, sin fines de lucro, que pretendan llevar a cabo proyectos de interés y trascendencia en el ámbito comercial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son actividades subvencionables:
a) Estudios de mercado realizados por empresas especializadas y planes de acción, acompañados por la documentación que avale el equipo de investigación, currículum y experiencia.
b) Publicidad que responda a un plan de medios preestablecido, presupuestado y dimensionado el ámbito de influencia de la entidad solicitante.
c) Edición e impresión de folletos, carteles, producción de anuncios y elementos análogos, justificado y dimensionado el ámbito de influencia de la entidad solicitante.
d) Promoción de ventas, animación comercial y escaparatismo.
e) Potenciación de fórmulas de comercio tradicional, especialmente en áreas rurales.
f) Actuaciones que tengan por finalidad la mejora de la distribución y desarrollo logístico de la actividad comercial.

No tendrán la consideración de subvencionables, para cada una de las acciones realizadas, los siguientes conceptos:
a) Inversiones relativas a adquisición de bienes inmuebles y/o su mantenimiento y alquiler de locales.
b) Gastos de contratación de personal.
c) Gastos de mailings, muestras, regalos promocionales y los relativos a la celebración de cócteles y
actos análogos.
d) Los impuestos recuperables o repercutibles por el beneficiario.

Las actuaciones subvencionables comprenderán las ejecutadas entre el 1 de enero de 2006 y la fecha límite de presentación de la justificación de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 87
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento