Ayudas a Asociaciones Juveniles y entidades prestadoras de servicios a la Juventud de ámbito local, en materia de Voluntariado.

Código de ayuda:

S15119/06

Norma:

ORDEN de 21 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas que se convocan están destinadas a financiar los gastos corrientes de los proyectos que desarrollen durante el año 2006 actividades en materia de voluntariado dentro del ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.

Estos proyectos, para ser subvencionables con arreglo a la presente convocatoria, deberán reunir los requisitos y responder a los principios establecidos por la Ley 4/2001, de 19 de junio, del Voluntariado.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas podrán alcanzar hasta el cien por cien del presupuesto del proyecto de voluntariado objeto de subvención, siendo 3.000 euros la ayuda máxima que se podrá percibir por cada proyecto, teniendo en cuenta el crédito disponible que, en caso de ser insuficiente, podrá prorratearse entre todos los beneficiarios de las ayudas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de ámbito local, constituidas legalmente e inscritas en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunidad Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Cada entidad podrá presentar, como máximo, dos proyectos de voluntariado, que se desarrollarán, con una incidencia preferente en el sector juvenil, en cualquiera de las siguientes áreas:
a) Formación y promoción del voluntariado juvenil.
b) Protección y defensa del medio ambiente.
c) Mujeres jóvenes.
d) Colectivos de jóvenes con riesgo de exclusión social (minusválidos, minorías étnicas, reclusos y ex-reclusos, inmigrantes, enfermos, drogodependientes, etc.).
e) Promoción de estilos de vida saludables (consumo, salud, prevención de riesgos, etc.).
f) Relaciones intergeneracionales.
g) Promoción de la tolerancia, la solidaridad y el respeto mutuo, y prevención de cualquier tipo de discriminación.
h) Actividades educativas de ocio y tiempo libre.

No serán subvencionables aquellos proyectos que incluyan alguna de las siguientes acciones:
a) Actividades que promuevan o justifiquen cualquier forma de discriminación por razón de raza, sexo, religión, o cualquier otra que atente contra los derechos fundamentales de la persona.
b) Actividades con finalidad lucrativa.
c) Actividades que no vayan dirigidas a las áreas antes mencionadas.
d) Actividades que fomenten o puedan incitar, directa o indirectamente, el uso de drogas, alcohol o tabaco, o que realicen apología del consumo de los mismos.
e) Actividades de carácter exclusivamente deportivo.

Documentos asociados

Boletín: 19/05/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5262
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento