Ayudas a Asociaciones Juveniles para el desarrollo de programas de interés general.

Código de ayuda:

S06791/04

Norma:

Orden de 3 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de proyectos promovidos por las organizaciones juveniles.

Categorías Subvención

  • Juventud

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Cultura (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Proyectos financiables:
a) Proyectos destinados al desarrollo integral de los jóvenes, tanto en el ámbito personal como en el colectivo.
b) Proyectos innovadores relacionados con las nuevas alternativas de ocio y tiempo libre.
c) Proyectos interasociados que supongan apoyo o tutela a entidades juveniles en proceso de formación o consolidación.
d) Proyectos de fomento que impulsen la capacidad emprendedora y nuevas tecnologías.
e) Apoyo al mantenimiento y ampliación de sedes.
f) Acceso a la información juvenil, la comunicación e intercambio de experiencias.

Llíneas de financiación:
- Modalidad A: destinada al fomento y consolidación de nuevas asociaciones juveniles, potenciando el crecimiento del tejido
asociativo juvenil extremeño.
- Modalidad B: destinada a la cogestión de recursos, que supongan un crecimiento tanto cualitativo como cuantitativo de las actuaciones a desarrollar, para de esta manera, mantener una red humana lo suficientemente innovadora que al mismo tiempo sirva para encauzar las propuestas de la población juvenil a la Administración.

Conceptos a financiar:
– Material inventariable necesario para llevar a cabo el proyecto, (en su caso alquiler o coste imputable al proyecto).
– Material fungible.
– Gastos de transporte.
– Gastos de personal, justificándose de conformidad con la legislación vigente (máximo 10% del proyecto).
– Gastos de estancia de los participantes.
– Gastos de manutención de los participantes.
– Gastos de alquiler y mantenimiento (incluye gastos ocasionados por obras para proyectos de ampliación y mantenimiento de sede).
– Gastos de publicidad y difusión propios de la actividad, que no superarán el 10% del proyecto.
– Otros gastos de imprenta.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones Juveniles.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Modalidad A: 1.850 euros por proyecto.
- Modalidad B: 9.025 euros por proyecto.

Requisitos:

Para la Modalidad A:
a) Inscripción en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Dirección General de Juventud, con anterioridad a la publicación de la presente Orden y con una antigüedad máxima de un año.

Para Modalidad B:
a) Inscripción en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Dirección General de Juventud, con una antigüedad mínima de un año a la publicación de la convocatoria.
b) Disponer de estructura, experiencia y solvencia suficientes para garantizar el cumplimiento de los programas solicitados.

Se exige como requisito ineludible haber presentado la justificación de gastos y Memoria Final correspondiente a las subvenciones recibidas con anterioridad de la Consejería de Cultura, cuando hayan vencido los plazos correspondientes.

Documentos asociados

Boletín: 11/03/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 29
Documento: Convocatoria Descargar Documento