Ayudas Predoctorales para la formacion en investigacion y docencia del Principado de Asturias.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S13755/13

Norma:

Resolución de 2 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la formación docente e investigadora de estudiantes de doctorado en el Principado de Asturias mediante la realización de una tesis doctoral en Departamentos o Institutos Universitarios, en Organismos Públicos de Investigación o en Centros Tecnológicos, radicados en el Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda se determinará en la convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos, en los términos que se determinen
en las convocatorias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El gasto subvencionable será el correspondiente al salario y al coste de las aportaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social, así como el importe de la liquidación final.

Requisitos:

a) Poseer nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o en el caso de personas extranjeras extracomunitarias, estar en posesión del NIE en el plazo de presentación de solicitudes.

b) Estar admitidas en un Programa de Doctorado de una universidad del Principado de Asturias.

c) Contar con un expediente académico completo con una nota media de 1,80 puntos o de 1,50 puntos en el caso de enseñanzas vinculadas a la rama de Ingeniería y Arquitectura, obtenida por aplicación del baremo siguiente: Aprobado= 1, notable= 2, sobresaliente= 3, matrícula de honor= 4.

Las personas beneficiarias de estas ayudas no podrán encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiaria, recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y deberán cumplir las obligaciones recogidas en su artículo 14.
No podrán acceder a la condición de beneficiarios quienes ya estén en posesión de la titulación de Doctorado o
equivalente.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 103
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento