Ayudas Posdoctorales adscritas a los Institutos de Investigación de la Universidad Pública de Navarra año 2016, cofinanciada por la Fundación Bancaria Caja Navarra.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S34173/16

Norma:

RESOLUCIÓN 1125/2016, de 1 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de septiembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de ayudas posdoctorales adscritas a los Institutos de Investigación se regulará por las disposiciones comunes y específicas contenidas en ella, y su concesión estará sujeta a la existencia de disponibilidad presupuestaria.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Universidad de Navarra (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Autorizar el gasto originado por la presente convocatoria por un importe máximo de 197.932 euros:

–Año 2016:

• 3303000725613108 Personal Investigador: 33.600 euros.

• 3303000725616000 Seguridad Social: 10.383 euros.

–Año 2017:

• 3303000725613108 Personal Investigador: 33.600 euros.

• 3303000725616000 Seguridad Social: 10.383 euros.

• 3303000725648110 Ayudas movilidad: 22.000 euros.

• 330300013108 Personal Investigador: 33.600 euros.

• 330300016000 Seguridad Social: 10.383 euros.

–Año 2018:

• 330300013108 Personal Investigador: 33.600 euros.

• 330300016000 Seguridad Social: 10.383 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

–1 ayuda adscrita al InaMat.

–1 ayuda adscrita al ISC.

–1 ayuda adscrita al INARBE.

Requisitos:

1. Incorporarse a la Universidad Pública de Navarra en la fecha indicada en la resolución de concesión y en el contrato, para la realización del trabajo de investigación objeto de la ayuda, entendiéndose la no
incorporación como renuncia a la ayuda. También se entenderá como renuncia a la ayuda no firmar el contrato en los 5 días siguientes a la recepción del aviso remitido desde Recursos Humanos para proceder a la firma del mismo.

El Vicerrector de Investigación, a solicitud del interesado, con el visto bueno del Director de la ayuda, podrá autorizar, cuando existan causas de fuerza mayor, un retraso en la incorporación.

1.2. Realizar con aprovechamiento su labor en el seno del Instituto de Investigación asignado.

1.3. No difundir bajo ninguna forma las informaciones científicas o técnicas a las que hayan podido tener acceso en el desarrollo del trabajo asociado a la ayuda sin autorización del Director de la ayuda.

1.4. Remitir al Vicerrector de Investigación de la Universidad Pública de Navarra los informes que le sean solicitados respecto de la actividad realizada, incluyendo el visto bueno del Director de la ayuda y del Director del Instituto Investigación en el que se lleve a cabo el trabajo.

1.5. Hacer constar en todas las publicaciones u otros resultados que se deriven de las actividades de investigación realizadas durante el periodo de disfrute de la ayuda, la referencia a la financiación recibida de la Universidad Pública de Navarra.

1.6. Presentar, una vez concluido el disfrute definitivo de la ayuda, una memoria final del trabajo realizado, con el visto bueno del Director de la ayuda, así como un certificado de la vida laboral.

2. El incumplimiento de las obligaciones mencionadas supondrá la anulación de la ayuda concedida y podrá conllevar el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, conforme a lo previsto en la Ley
Foral 11/2005, de 9 de noviembre, que regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones.

3. Quienes renuncien a la ayuda obtenida deberán dirigir un escrito fundamentado de su renuncia al Vicerrector de Investigación con la firma del Director de la ayuda. Las bajas de nuevas concesiones iniciales producidas dentro de los 3 meses siguientes al inicio del contrato serán cubiertas entre el resto de los solicitantes de la presente convocatoria según el orden que se haya establecido en la valoración aprobada en la resolución de concesión de ayudas. La solicitud de renuncia a la ayuda
deberá de ser presentada con una antelación mínima de 7 días a la fecha de efectos.

4. Los beneficiarios de estas ayudas ceden a la Universidad Pública de Navarra todos los derechos que puedan corresponderles sobre los resultados que se generen como consecuencia de su actividad investigadora objeto de la ayuda. La Universidad reconocerá a los beneficiarios de estas ayudas sus derechos como autores, sobre aquellos resultados en cuya obtención hayan intervenido, en condiciones equivalentes a las que corresponden al personal investigador laboral o funcionario de la Universidad.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2016
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 169
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento