Ayudas PAC campaña 2026/2027 "Pago de compensación para zonas con limitaciones específicas".
Código de ayuda:
S02219/26Norma:
RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2026. Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Los pagos de compensación para zonas con limitaciones específicas tienen por objeto compensar, total o parcialmente, a las agricultoras y a los agricultores por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Dicha compensación deberá permitirles continuar con el uso de las tierras agrícolas, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas de agricultura sostenible en las zonas afectadas a fin de evitar el abandono de las tierras y la pérdida de la biodiversidad. Prima anual por hectárea de superficie indemnizable situada en zona clasificada como zona de con limitaciones específicas.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
ExtremaduraConvoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estos pagos las personas jurídicas o personas físicas, consideradas estas últimas individualmente y no como grupos de personas, así como las personas titulares de una explotación agraria de titularidad compartida prevista en el artículo 34.2.c) de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, que sean titulares de explotaciones agrarias que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria de referido Registro, y con parcelas que cumplan los requisitos establecidos.Requisitos:
1. La explotación debe estar ubicada, total o parcialmente en un municipio clasificado como zona con limitaciones específicas (anexo V de la Orden de 20 de febrero de 2023, DOE n.º 37, de 23 de febrero de 2023). En caso de que parte de la superficie de la explotación se encuentre fuera de zona con limitaciones específicas, solo se concederá la ayuda a la superficie perteneciente a dichas zonas, no teniendo derecho de ayuda la superficie que quede fuera de éstas.2. Sólo devengarán ayudas las superficies ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Documentos asociados
Boletín:
29/12/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 312
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
27/01/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 17
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
27/01/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 17
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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