Ayudas PAC campaña 2022/2023 pagos compensatorios por otras zonas afectadas por limitaciones específicas.
Código de ayuda:
S05519/22Norma:
Resolución de 26 de enero de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de abril de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Los pagos de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas, tienen por objeto compensar a las agricultoras y los agricultores por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Dicha compensación deberá permitirles continuar con el uso de las tierras agrícolas, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas de agricultura sostenible en las zonas afectadas a fin de evitar el abandono de las tierras y la pérdida de la biodiversidad. Prima anual por hectárea subvencionable de superficie agraria situada en otras superficies afectadas por limitaciones específicas.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda por un importe total de 1.900.000 euros, se imputará al proyecto 20150151, centro gestor 120040000, posición presupuestaria G/353A/47000, fuente de financiación FR14130300, anualidad 2023.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Los que cumplan los requisitos.Requisitos:
Podrán solicitar estos pagos las personas físicas, ya sea en régimen de titularidad única, ya sea en régimen de titularidad compartida, o las personas jurídicas, titulares de explotaciones agrarias que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria de referido Registro, y con parcelas que cumplan requisitos establecidos.Se concederá a las agricultoras y agricultores no pluriactivos, que no hallándose incursos en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, lo soliciten en tiempo y forma.
Cuando la solicitud de la ayuda corresponda a una persona jurídica, todos sus miembros deben cumplir la condición de agricultores no pluriactivos, así como cumplir los requisitos de elegibilidad a título individual. De la misma manera, no deben hallarse incursos en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y han de realizar la solicitud en tiempo y forma.
Cuando la solicitud de la ayuda corresponda a una explotación de titularidad compartida, al menos uno de los cotitulares debe cumplir la condición de agricultor no pluriactivo, así como cumplir los requisitos de elegibilidad; a los efectos de esta ayuda computarán como agrarios los ingresos procedentes de la explotación de titularidad compartida.
Documentos asociados
Boletín:
31/01/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
31/01/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
31/01/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento