Ayudas «Lortu» para el año 2025
Código de ayuda:
S14837/25Norma:
RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2025.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de este programa es regular el apoyo profesional externo a las empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial que lo necesiten, para conjuntamente poder realizar un proyecto que les posibilite lograr la salud financiera, mediante un Diagnóstico de Situación sobre el que se construyan las posibles actuaciones a llevar a cabo para velar por la continuidad y el futuro de la empresa.Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Localización del organismo gestor

Convoca:
SPRI. Agencia vasca de desarrollo empresarial (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas objeto de esta convocatoria se instrumentará en forma de subvención del 80 % de los gastos elegibles hasta un máximo de 30.000 euros de subvención por empresa en esta convocatoria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder a las subvenciones objeto de este programa las personas jurídicas que sean empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, que presenten proyectos para la ejecución de las actuaciones subvencionables descritas en el artículo 5, siempre que, adicionalmente:a) Dispongan de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) Figuren de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas del
País Vasco.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables, los proyectos de las beneficiarias destinados a abordar la salud financiera en sus organizaciones, que permitan, de forma sucesiva:a) Realizar un Diagnóstico de la situación de partida de la beneficiaria.
b) Elaborar un Plan de Acción a partir del Diagnóstico de situación de partida, que permita determinar aquellas acciones necesarias para garantizar la viabilidad de la beneficiaria y potenciar su competitividad. El Plan de Acción debe abordarse desde los ángulos que se consideren convenientes, esto es, desde la parte estratégica y operativa con medidas de carácter estructural, comercial, de producto, de fabricación, etc. así como desde la parte financiera donde se trabaje en una potencial refinanciación u operación corporativa si así fuera necesario.
c) Ejecutar las medidas de carácter operativo y/o financiero recogidas en el Plan de Acción para optar a su salud financiera, posibilitando, en su caso, la refinanciación del pasivo financiero con todos aquellos acreedores involucrados en el proceso.
Documentos asociados
Boletín:
29/05/2025
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 100
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 100
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