Ayudas LEADER para proyectos no productivos del Grupo de Acción Local Zona Centro de Valladolid.

Código de ayuda:

S03046/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2016. Tordesillas, 3 de enero de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de diciembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas en el ámbito territorial del Grupo de Acción Local Zona Centro de Valladolid dentro de la submedida 19.2 del PDR de Castilla y León, a percibir por los promotores de proyectos no productivos que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa LEADER, en el Régimen de Ayudas para la aplicación de Estrategias de Desarrollo Local (LEADER) en Castilla y León 2014-2020,
aprobado por Resolución de 24 de mayo de 2016, de la Dirección General de Competitividad de la Industria Agroalimentaria y de la Empresa Agraria, los criterios de selección y de baremación de proyectos, y siempre que no se encuentren dentro de las exclusiones y limitaciones previstas.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Asociación para Desarrollo Endogeno de la Zona Centro de Valladolid (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Personas físicas.

b) Sociedades Mercantiles, Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, Sociedades Laborales, Fundaciones y Asociaciones así como cualquier otra entidad, asociativa o societaria, con personalidad jurídica. En el caso de Fundaciones y Asociaciones, cuando el ámbito de actuación según sus Estatutos, sea superior al provincial, se deberá justificar adecuadamente su vinculación efectiva con el territorio de actuación del Grupo de Acción Local.

También podrán solicitarse ayudas por aquellas entidades que estén en fase de constitución, siempre y cuando adquieran la personalidad jurídica antes de la fecha de finalización de la inversión establecida en el contrato.

c) Comunidades de bienes u otras entidades de tipo comunal, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las inversiones o actividades subvencionables. En estos casos, los comuneros nombrarán un representante o apoderado único y, en documento que se incorporará al expediente, manifestarán sus respectivas participaciones en la cosa común y asumirán su responsabilidad solidaria en las obligaciones derivadas del expediente.

d) Se considerarán promotores privados las personas de derecho público de base asociativa privada, como las comunidades de regantes o los consejos reguladores de las indicaciones de calidad.

Documentos asociados

Boletín: 21/07/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 118
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/01/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 4
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/01/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 4
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