Ayudas -Innova World- para favorecer la internacionalización de las empresas de Castilla-La Mancha a través de la innovación, cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder de Castilla-La Mancha 2014-2020.

Código de ayuda:

S31391/18

Norma:

Orden 92/2018, de 12 de junio. Resolución de 19/06/2018. Resolución de 23/07/2018. Resolución de 24/09/2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de diciembre de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 6.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas a empresas para el desarrollo de acciones que fortalezcan su competitividad internacional a través de la innovación.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Exportación / Internacionalización
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje de subvención es del 20% en el caso de grandes empresas y del 40% del coste total subvencionable para el resto de beneficiarios, con límite máximo de 6.000,00 euros de ayuda por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las empresas, las personas físicas que
se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad, las comunidades de bienes, las cooperativas, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado; excepto las fundaciones públicas y privadas, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables con arreglo a esta orden las acciones de carácter internacional que consistan en:

a) Registro ante entes internacionales oficiales de patentes y modelos de utilidad. El registro de la patente podrá hacerse en territorio nacional cuando se trate de acuerdos o tratados internacionales de los que España forme parte.

b) Búsqueda de socios internacionales para la constitución de consorcios o acuerdos de cooperación para la realización de proyectos de investigación y desarrollo o innovación susceptibles de presentación a fondos de financiación internacional para el fomento de la investigación, desarrollo e innovación.

c) Actividades de innovación aplicadas a la internacionalización en servicios, productos, procesos y modelo de negocios, siempre que no sean gastos recurrentes y/o se correspondan con la normal actividad de funcionamiento del beneficiario.

d) Adaptación del producto o del servicio a la demanda del mercado de destino mediante la implantación de una estrategia de marketing adaptativa que permita la adecuación del producto o servicio a las distintas necesidades y condiciones de cada mercado.

e) Asistencia o participación en congresos, seminarios o eventos de divulgación científica o de promoción de la investigación, el desarrollo y la innovación de ámbito internacional.

f) Participación en premios internacionales de innovación.

Requisitos:

a) Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha.

b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.

e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.

f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

g) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, a excepción de los regímenes de ayudas destinados a reparar los perjuicios causados por determinados desastres naturales.

h) No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (artículo 2.2, puntos 20 y 24 de la Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).

i) No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar para la que se solicita la ayuda, dentro del Espacio Económico Europeo en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud de la ayuda, ni tener planes concretos de hacerlo en los dos años siguientes a la finalización de las inversiones que se vayan a subvencionar.

Documentos asociados

Boletín: 19/06/2018
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