Ayudas «Global Training» 2021.

Código de ayuda:

S14500/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2021. RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 24:00 horas del día 21 de mayo de 2021 y se dará soporte técnico hasta las 15:00 horas de dicha fecha.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a fondo perdido a las entidades que individualmente o en cooperación, colaboren en la gestión del programa de Becas «Global Training» 2021, de Basque Trade & lnvestment (Agencia Vasca de Internacionalización) y SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, cuya finalidad es la formación práctica de jóvenes vascos con titulación universitaria y de formación profesional de grado superior en empresas y organismos en el extranjero.

Dicha colaboración deberá concretarse en facilitar los procesos de convocatoria y selección de candidatos a las becas y de las empresas donde materializar las prácticas, de formación y atención y seguimiento de los becados Global Training, de acuerdo a las previsiones que se establecen en el Anexo I a estas bases.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SPRI. Agencia vasca de desarrollo empresarial (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en las presentes bases las entidades públicas o privadas que convoquen las Becas «Global Training» descritas en el Anexo I y reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar constituidas e inscritas en el registro que corresponda, con dos años de antelación, al menos, a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

b) Experiencia de un mínimo de dos años en la realización de proyectos y actividades de formación universitaria o de formación profesional de grado superior, y/o experiencia, de igual período, de formación de personas jóvenes en las capacidades necesarias para facilitar su inserción en el mundo laboral, a través de programas de movilidad internacional.

c) Ser entidades que conforme a sus estatutos tengan como ámbito de actividad el conjunto de la CAPV.

d) Ser miembros de alguna red de ámbito internacional o haber firmado convenios o acuerdos de colaboración con otras instituciones extranjeras de características similares, en virtud de los cuales quede garantizada la provisión de empresas u organismos extranjeros en los que los jóvenes vascos deben realizar las prácticas.

e) Hallarse al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.

f) No hallarse sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvención o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello.

g) Estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

h) No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El cumplimiento de los requisitos señalados en los aparatados anteriores para ser beneficiario de las subvenciones, habrá de mantenerse desde el momento de presentación de la solicitud de ayuda hasta la liquidación de la subvención que se conceda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El número máximo de Becas «Global Training» a convocar será de 500 y cada Entidad Beneficiaria, acorde a las condiciones previstas en estas bases, tendrá que convocar como mínimo 50 y como máximo 75.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 75
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 18/05/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 96
Documento: Modificación Bases Descargar Documento