Ayudas Barne-Ekintzaile 2023.

Código de ayuda:

S26237/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 15:00 horas día 11 de diciembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y la convocatoria correspondiente al Programa de Ayudas «Barne-Ekintzaile 2023», cuyo contenido se adjunta a modo de Anexo a la presente Resolución, así como autorizar el gasto asociado al mismo.

Las presentes bases tienen por objeto regular el apoyo al intraemprendimiento, entendiendo por tal, la actividad emprendedora realizada dentro de las empresas vascas, con el fin de promover nuevos proyectos empresariales, en las fases de maduración de la idea y de puesta en marcha de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE).

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Creación nuevas empresas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SPRI. Agencia vasca de desarrollo empresarial (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.– Entidades beneficiaras del Plan de Generación de Nuevos Negocios (Línea 0).

Podrán ser beneficiarias de la Ayuda para desarrollar un Plan de Generación de Nuevos Negocios las personas jurídicas con domicilio social y/o al menos un centro de actividad ubicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que dispongan de una plantilla igual o superior a 20 personas en el momento de la solicitud, contabilizado como personas en equivalentes anuales a jornada completa y tener un volumen anual de negocio mínimo de 2.000.000 de euros, portadoras de una idea de proyecto empresarial innovador y/o de base tecnológica, industrial y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, y que se pretenda iniciar en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

2.– Entidades beneficiaras de la Ayuda de Acompañamiento (Línea 1).

Podrán ser beneficiarias de la Ayuda de Acompañamiento las personas jurídicas con domicilio social y/o al menos un centro de actividad ubicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi, portadoras de una idea de proyecto empresarial innovador y/o de base tecnológica, industrial y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, y que se pretenda iniciar en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

3.– Entidades beneficiaras de la Ayuda destinada a facilitar el Acceso a la Financiación (Línea 2).

Podrán acceder a las ayudas destinadas a facilitar el acceso a la financiación, únicamente las personas jurídicas que se comprometan a materializar su Plan de Empresa en la Comunidad Autónoma del País Vasco y que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 0: la elaboración del Plan de Generación de Nuevos Negocios, que incluya los principios,
organización-cultura, sistemática y colaboraciones necesarias para el impulso continuo a la generación de nueva actividad económica. Esta ayuda tendrá la consideración de subvención a fondo perdido.

Línea 1: el acompañamiento, a la empresa en el proceso de maduración de la idea y elaboración del Plan de Empresa. Esta ayuda tendrá la consideración de subvención a fondo perdido.

Línea 2: el apoyo en el acceso a la financiación de las inversiones necesarias para llevar a cabo
el Plan de Empresa, así como la ejecución de dichas inversiones.

Requisitos:

a) Que sean de nueva creación, entendida como tal, toda empresa constituida con posterioridad al 1 de enero de 2022, inclusive.

b) Que prevean la generación de al menos 3 empleos en el plazo de 3 años.

c) Que tengan la condición de PYME.

d) Que figuren de alta el correspondiente epígrafe industrial del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.

e) Que provengan de un proceso de intraemprendimiento.

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 100
Documento: Bases y Convocatoria 2023 Descargar Documento