Ayudas «Banda ancha ultrarrápida para empresas». Convocatoria 2021.

Código de ayuda:

S35982/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de noviembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Extender las redes de banda ancha ultrarrápida a aquellas empresas de Euskadi que no disponen de este tipo de servicio, por la inexistencia de infraestructuras de telecomunicaciones de los operadores de comunicaciones electrónicas en los polígonos o zonas geográficas donde se ubican.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SPRI. Agencia vasca de desarrollo empresarial (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de ayuda será del 90 % de gasto elegible, con un límite de 30.000 euros por solicitud de ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas contempladas en el presente Programa las empresas, independientemente de su tamaño, así como las agrupaciones de empresas privadas, entidades Urbanísticas de Conservación, Comunidades y/o Asociaciones de empresas, Agrupaciones de propietarios y propietarias, y/o arrendatarios y arrendatarias, independientemente de su denominación (comunidad, asociación, entidad de conservación y mantenimiento, etc.), Agencias de Desarrollo de Euskadi, y que presenten proyectos para la ejecución de las actuaciones subvencionables descritas en el artículo 5. siempre que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables los proyectos de despliegue de redes de telecomunicaciones que permitan la contratación, por parte de las empresas, de servicios de Banda Ancha Ultrarrápida de, al menos, 600 Mbps simétricos. Dichos proyectos, deberán ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses desde su inicio.

Los servicios de telecomunicaciones objeto de subvención que oferte el operador a la empresa beneficiaria deberán corresponder a servicios de Banda Ancha Ultrarrápida sobre red pública

Requisitos:

a) Dispongan de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Centren la actuación en un área geográfica de actividad económica de su ámbito de actuación, en el que las empresas no dispongan de servicios de banda ancha de seiscientos (600 Mbps) o más megabits por segundo simétricos, estando por lo tanto aislada de las redes que prestan estos servicios.

c) Figuren de alta el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.

Documentos asociados

Boletín: 05/07/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 131
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento