Ayudas 2020 para espacios de creación artística contemporánea y salas alternativas de exhibición.

Código de ayuda:

S38137/20

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de agosto de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de esta convocatoria es apoyar la actividad y función de los espacios culturales privados de Mallorca que ofrecen sus instalaciones a otros creadores fomentando la interdisciplinariedad, con el objeto de fomentar la creación artística y cultural de la isla.

Son subvencionables los gastos justificables desarrollados por las entidades beneficiarias entre el 1 de agosto de 2019 y el 31 de diciembre de 2020 (ambos inclusive).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

De acuerdo con lo previsto en los puntos 4 y 5 de la convocatoria pueden ser beneficiarios de la línea 1, sin perjuicio de lo previsto en el punto 4, las personas jurídicas (empresas) o físicas (autónomos empresarios individuales) que reúnan los requisitos :

a. Tener el domicilio, el domicilio social en el caso de personas jurídicas, el establecimiento principal, una sucursal o una delegación operativa en Mallorca o, siendo nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, tengan un establecimiento operativo en Mallorca antes de la publicación de la convocatoria.

b. Tener como objeto social o actividad económica principal, la actividad artística-cultural. En este sentido, la entidad solicitante debe gestionar un espacio de creación que haga posible la experimentación, difusión y exhibición artística y cultural y que ofrezca recursos a los creadores para poder desarrollar su tarea con garantías de calidad.

c. Estar de alta, en el momento de la finalización del plazo para presentar las solicitudes, en el epígrafe que corresponde del censo tributario o registro pertinente del IAE.

No obstante lo anterior, no pueden tener la condición de beneficiarias las que hayan recibido, sumando la totalidad de las ayudas otorgadas en España, en concepto de minimis, en los tres últimos ejercicios fiscales (2017, 2018 y 2019), un importe superior 200.000,00 € (art. 3.1 y 3.2 del Reglamento núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis.

Pueden ser beneficiarios de la línea 2, sin perjuicio de lo previsto en el punto 4, las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro que reúnan los requisitos siguientes:

a. Estar legalmente y definitivamente constituidas y encontrarse inscritas en el registro pertinente.

b. Tener el domicilio social, el establecimiento principal, una sucursal o una delegación en Mallorca.

c. Tener como objeto social o actividad económica principal, la actividad artística-cultural. En este sentido, la entidad solicitante debe gestionar un espacio de creación que haga posible la experimentación, difusión y exhibición artística y cultural y que ofrezca recursos a los creadores para poder desarrollar su tarea con garantías de calidad.

No pueden tener la condición de beneficiarios de esta convocatoria, las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro de ámbito educativo, las asociaciones o federaciones de vecinos, las de la tercera edad y las deportivas.

Documentos asociados

Boletín: 23/07/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 130
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 23/07/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 130
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento