Ayudas 2011 Renove Ventanas y Renove Calderas.- Ampliación de plazo de solicitud.

Código de ayuda:

S56719/10

Norma:

Genercan, 5 de octubre de 2010. Genercan, 11 de octubre de 2010. Santander, 29 de diciembre de 2010. Santander, 17 de enero de 2012.

Plazo de Solicitud:

Desde el 24 de enero de 2012 a las 9h hasta el 24 de febrero de 2012 a las 14h.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la inversión en proyectos de mejora de la eficiencia energética en edificios de Comunidad Autónoma de Cantabria, apoyando las actuaciones que se indican a continuación:

-Renovación de ventanas.

-Renovación de calderas, hasta 50 kW.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Genercan (Sociedad de Gestión Energética de Cantabria, S.L.) (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

-Renovación de ventanas:
Se establecen los siguientes límites máximos de ayuda:
- 22% del coste elegible
- 100 €/m2 de ventanas sustituidas.
- En viviendas individuales que formen parte de edificios y en viviendas unifamiliares, un máximo de 2.000 €.
- En edificios con varias viviendas/propietarios en los que se renueven las ventanas de todo el edificio, un máximo de 45.000 € en total y 2.000 € por vivienda/propietario. En el caso de comunidad de propietarios, el solicitante de la ayuda será dicha comunidad en lugar de cada propietario de manera individual, debiéndose justificar el número total de propietarios.

-Renovación de calderas, hasta 50 kW:
La cuantía de la ayuda dependerá del tipo de caldera instalada ("tipo por temperatura", según la clasificación IDAE):
Estándar: ayuda del 22% del coste elegible, con un máximo de 300 €.
Baja Temperatura: ayuda del 25% del coste elegible, con un máximo de 600 €.
Condensación: ayuda del 30% del coste elegible, con un máximo de 1000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas físicas con capacidad de obrar, personas jurídicas, instituciones sin ánimo de lucro, corporaciones locales, comunidades de propietarios y cualquiera otra asimilable a las anteriores, empadronados o con
residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

-Renovación de ventanas:
Ventanas que separen recintos habitables del ambiente exterior.

-Renovación de calderas, hasta 50 kW:
Las ayudas estarán destinadas a la renovación de calderas.

Requisitos:

a) Autorizar al instalador la retirada de los equipamientos y/o instalaciones sustituidos, para su reciclaje / envío a gestor autorizado según la normativa aplicable. En el supuesto de negativa por parte del beneficiario, se denegará la ayuda concedida.

b) Aceptar la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de quince días tras la fecha de recepción de la notificación de concesión de la ayuda, el solicitante, a través de su instalador, no renuncia expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ésta queda aceptada, tanto en su aspecto económico como en las demás condiciones recogidas en la resolución así como las de la convocatoria.

c) Utilizar la ayuda para el destino concreto para el que ha sido concedida.

d) Facilitar a la Administración Autonómica o al IDAE la información que le sea requerida en el ejercicio de sus funciones respecto de las ayudas recibidas con cargo a esta convocatoria.

e) Autorizar a los técnicos de GENERCAN a realizar las comprobaciones que sean necesarias dentro del proceso de tramitación de las ayudas.

f) Mantener los equipamientos y/o instalaciones en propiedad y en correcto estado de funcionamiento durante un mínimo de 5 años.

g) En casos excepcionales en que, no habiéndose cumplido el plazo reseñado anteriormente, el beneficiario enajene equipamientos y/o instalaciones objeto de ayuda, deberá constar expresamente en el documento contractual de la venta que dicha inversión ha sido objeto del apoyo del "Plan de Acción 2008–2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (PAE4+)", y que el adquirente asume el compromiso de destinar los bienes al fin concreto por el que se concedió la ayuda, al menos, hasta el cumplimiento del plazo reseñado. En su caso, dicha enajenación deberá ser informada a GENERCAN.

h) Queda asumido por el beneficiario que la actuación desarrollada se debe ajustar en todos los extremos a la normativa vigente, tanto técnica como urbanística o de cualquier otra naturaleza, que en relación al proyecto presentado le sea aplicable. GENERCAN no tendrá responsabilidad alguna de cualquier incumplimiento al respecto por parte del beneficiario.

Documentos asociados

Boletín: 11/10/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 196
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 11/10/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/01/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 06
Documento: Ampliación de Plazo de solicitud. Descargar Documento
Boletín: 24/01/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 16
Documento: Nuevo plazo solicitud Descargar Documento